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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Energía

Energía y Medio ambiente

A los Departamentos de Desarrollo Económico y Empresarial, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, y Cultura y Deporte

AO 20/15SN

En relación con la disconformidad de distintos cargos municipales, vecinos y asociaciones ecologistas de Navarra, con la posible instalación de grandes parques y molinos eólicos en las zonas norte y media de Navarra:

  • Sugerir a los Departamentos que, coordinadamente entre sí, y con otros departamentos que fuera necesario, impulsen una disposición general que, en relación con la pretensión de la implantación de parques eólicos en Navarra, esté dirigida a una mejor y mayor protección de los valores medioambientales, urbanísticos, paisajísticos, culturales, etcétera, que pueden verse afectados por la instalación de dichos parques eólicos, mediante: a) la introducción de criterios sustantivos que ordenen y, en su caso, limiten a priori y objetivamente tal instalación en grandes zonas del territorio de Navarra y aseguren un modelo territorial y medioambiental sostenible, y b) el reconocimiento del derecho de los municipios y de las entidades locales a establecer una protección adicional de su territorio de carácter medioambiental y a decidir, en su caso, su no implantación o su limitación.

A los Departamentos de Desarrollo Económico y Empresarial, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, y Cultura y Deporte

AO 20/17

En relación con la disconformidad de distintos cargos municipales y vecinos y con diversos proyectos de instalación de parques solares en la ladera norte y en la ladera sur del Perdón-Erreniega:

  • Sugerir a los departamentos que, en la implantación de instalaciones de aprovechamiento de energía solar, velen de un modo intenso y efectivo por la necesaria protección de los valores naturales, ambientales, paisajísticos, histórico-culturales, agrícolas y urbanísticos del suelo, evitando instalaciones de superficies desproporcionadas o que ocupen excesivamente un ámbito significativo de un determinado municipio.

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