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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Bienestar social

Bienestar social

Al Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente

EXP. 12/137

En relación con la integración laboral de las personas con discapacidad:

  • Sugerir al Departamento que estudie y analice, en colaboración con otros órganos administrativos, si fuera preciso, la situación actual en Navarra referente al cumplimiento de la reserva de puestos de trabajo destinados a personas con discapacidad, prevista en la Ley de Integración Social de los Minusválidos.
  • Sugerir al Departamento que procure, al menos, mantener las dotaciones presupuestarias previstas en 2011 para el fomento de los centros especiales de empleo y la integración laboral de personas con discapacidad en empresas ordinarias.
  • Sugerir al Departamento que impulse y adopte medidas tendentes a hacer efectiva la reserva prevista en el artículo 9 de la Ley Foral de Contratos Públicos, en colaboración con otros órganos y entidades sometidas a la misma, recordando el deber legal de, al menos, alcanzar el importe del 6 por 100 del que supongan los contratos adjudicados en el ejercicio presupuestario precedente.

Al Departamento de Fomento y Ayuntamiento de Pamplona

EXP. 12/502/M

En relación con la situación de extrema necesidad que padecen dos ciudadanos y sus hijos, que residen en una vivienda de NASUVINSA, en régimen de alquiler, y, que, aunque mientras percibieron la renta básica pudieron afrontar los gastos, recientemente, ante el impago de alguna cuota, dicha entidad les ha conminado al abono de la deuda o a abandonar la vivienda:

  • Sugerir al Departamento de Fomento que actúe de forma coordinada con NASUVINSA, en orden a tratar de buscar una solución al problema que se señala en relación con el derecho al uso de una vivienda protegida por esta familia.
  • Sugerir al Ayuntamiento de Pamplona que, a la mayor brevedad posible, por la unidad de barrio que corresponda del Servicio Social de Base del Ayuntamiento, se valoren las circunstancias de este caso y se determinen las posibilidades de actuación, concediendo, si procede, alguna ayuda a esta familia o, en su caso, activando alguna de las prestaciones del sistema público de servicios sociales, u otras que pudieran corresponder.

EXP. 12/1075/M

En relación con la situación de necesidad que padece una ciudadana y sus hijos, víctima de violencia de género, en paro y que está percibiendo una prestación por desempleo, que está a punto de finalizar. La familia reside en una vivienda de protección oficial, en régimen especial, y ante el impago de alguna cuota, la propietaria les ha conminado al abono de la deuda, con la advertencia de que en caso de impago, iniciarán, sin más aviso, su reclamación en vía judicial, instando el desahucio:

  • Sugerir al Departamento de Fomento que estudie este asunto y valore alguna medida tendente a evitar la pérdida del derecho al uso de una vivienda protegida por esta familia.
  • Sugerir al Ayuntamiento de Pamplona que, a la mayor brevedad posible, por la unidad de barrio que corresponda del Servicio Social de Base del Ayuntamiento, se valoren las circunstancias de este caso y se determinen las posibilidades de actuación, concediendo, si procede, alguna ayuda a esta familia o, en su caso, activando alguna de las prestaciones del sistema público de servicios sociales, u otras que pudieran corresponder.

Al Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud

EXP. 11/725

En relación con la negativa a reconocerle un grado de minusvalía del 33%:

  • Sugerir al Departamento que, considerando que la emisión del certificado de grado de minusvalía en modo alguno constituye una irregularidad administrativa, en el caso de que el autor de la queja, a efectos de poder acreditar con mayor facilidad ante diversas entidades u organismos su grado de minusvalía, solicite que se le emita el certificado, proceda a su emisión.
  • El deber legal del Departamento de contestar expresamente, en tiempo y forma, todas las solicitudes y peticiones que los ciudadanos le presenten, entre ellas la solicitud del autor de la queja.

EXP. 11/728

En relación con la asunción de la guarda administrativa de su hija recién nacida:

  • Recordar al Departamento su deber legal de motivar expresamente las medidas que adopte en materia de protección de menores, incluidas aquellas que tengan naturaleza cautelar o provisional, notificándolo a los afectados.
  • Recomendar al Departamento que reevalúe este caso, conforme a las circunstancias actuales y disposición de la madre, y, de ser necesario, que se intensifiquen la intervención y colaboración con la misma y las medidas conducentes a hacer posible el retorno de la niña en condiciones adecuadas, procurando la reintegración familiar.

EXP. 11/777

En relación con la demora en la resolución de un expediente de renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver en plazo las solicitudes de prestación de la renta básica que le formulen los ciudadanos.

EXP. 11/788

En relación con la necesidad de urgencia en la tramitación de la renta básica, por la situación de extrema necesidad en que se encuentra.

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver en plazo las solicitudes de prestación de la renta básica que le formulen los ciudadanos.

EXP. 11/818

En relación con la Orden Foral 103/2011, de 21 de octubre, que establece el régimen de incompatibilidades entre distintas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia:

  • Sugerir al Departamento que estudie y valore la posibilidad de compatibilizar con carácter general la ayuda económica para la permanencia en el domicilio con la utilización del servicio de centro de día.

EXP. 11/826

En relación con la demora en la resolución de su expediente de renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver en plazo las solicitudes de prestación de la renta básica que le formulen los ciudadanos.

EXP. 12/6/M

En relación con la valoración de su situación de dependencia:

  • Sugerir que el Departamento proceda a revisar este caso, realizando, si fuera pertinente, de acuerdo con la interesada, una evaluación actualizada de su situación de dependencia.

EXP. 12/7/M

En relación con las personas que acuden a un centro de día y cuyo grado de dependencia no les garantiza la prestación de transporte:

  • Que el Departamento posibilite que las personas que acuden a ese centro de día y cuyo grado de dependencia no les garantiza la prestación de transporte, sean transportadas, abonando el coste que proceda, a través de los medios de transporte que se ponen a disposición de los usuarios que tienen reconocida la prestación, si existen plazas libres, una vez cubiertas las necesidades de estos últimos.

EXP. 12/28

En relación con la demora en la resolución de un expediente de renovación de la renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por el autor de la queja.

EXP. 12/78

En relación con el retraso en la valoración y resolución de la solicitud de renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la persona autora de la queja.

EXP. 12/117

En relación con la demora en la resolución de su solicitud de renta básica:

  • Recordar al Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la autora de la queja.

EXP. 12/137

En relación con la situación actual que están viviendo asociaciones como el CORMIN y padeciendo las personas con discapacidad por ellas representadas:

  • Recomendar al Departamento que adopte medidas para compatibilizar, con carácter general, la ayuda económica para la obtención de cuidados en el domicilio y la prestación del servicio de centro de día, con las modulaciones que sean precisas en el importe de la primera.
  • Recomendar al Departamento que estudie y analice el impacto de la Orden Foral 247/2011, de 23 de diciembre, que regula las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de estas, y que se adopten las medidas necesarias para evitar que personas dependientes, sin alteración de su grado de necesidad de atención y recursos económicos, vean mermadas las prestaciones que han venido percibiendo.
  • Recomendar al Departamento que se avance en la implementación de las medidas previstas en el Plan Integral de la Discapacidad, en colaboración con las entidades que operan en este ámbito, programando en el tiempo las actuaciones a desarrollar y previendo las dotaciones presupuestarias precisas al efecto pretendido.
  • Recomendar al Departamento que, en el ámbito de trabajo del Plan Integral de la Discapacidad, se analice la cohonestación entre las prestaciones dirigidas a personas dependientes y a personas con discapacidad, y se programen y deslinden actuaciones dirigidas a uno y otro colectivo, garantizando la atención a ambos.
  • Recomendar al Departamento que estudie y adopte las medidas pertinentes para establecer un sistema de financiación plurianual de las entidades sin ánimo de lucro del área de discapacidad, que garantice mejor la viabilidad y sostenibilidad de las mismas y el desarrollo ininterrumpido de sus actividades.

EXP. 12/287/M

En relación con la custodia de un menor y el seguimiento de este por el Servicio de Protección del Menor del Gobierno de Navarra:

  • Sugerir al Departamento que imparta las instrucciones que considere precisas para que por el Servicio de Protección del Menor se busque la mejor solución para la custodia del menor de edad, así como para que se realice un especial seguimiento de este caso.

Al Departamento de Políticas Sociales

EXP. 11/733

En relación con la denegación de una ayuda económica en el área de personas mayores, para la compra de unos audífonos:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver en plazo todas las solicitudes que le presenten los ciudadanos, haciendo efectivo su derecho a una buena administración de sus asuntos.
  • Recomendar al Departamento que limite la recalificación de solicitudes de los ciudadanos a aquellos supuestos en que, bien la actuación del ciudadano no esté correctamente planteada, bien de dicha recalificación se deriven efectos favorables para el mismo.
  • Recomendar al Departamento que, en este caso, resuelva la solicitud del autor de la queja atendiendo a su verdadero carácter (ayuda extraordinaria en el área de tercera edad o ayuda técnica para personas mayores), conforme a la disponibilidad presupuestaria actualmente existente.

EXP. 11/849

En relación con la suspensión de las ayudas previstas en la Orden Foral 186/2011, de 2 de junio, por la que se aprobó la convocatoria de ayudas técnicas y para la movilidad de personas dependientes:

  • Recomendar al Departamento que estudie y valore la posibilidad de elaborar lo antes posible una convocatoria de ayudas técnicas y para la movilidad de personas dependientes, en la que se garantice la posibilidad de participar a aquellas personas que adquirieron elementos para personas con discapacidad conforme a la convocatoria hecha por dicha Orden Foral.

EXP. 12/71

En relación con el retraso en la valoración y resolución de la solicitud de renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la persona autora de la queja.

EXP. 12/72

En relación con la promoción de la incapacitación judicial del promotor de la queja:

  • Recomendar al Departamento que se impartan las instrucciones precisas para que, en el ámbito de la prestación de servicios públicos de carácter residencial, las comunicaciones que puedan cursarse a la Administración de Justicia en orden a promover la incapacitación de los usuarios, sean puestas en conocimiento de sus familias.

EXP. 12/98

En relación con una solicitud de ayuda económica por el nacimiento de su tercer hijo:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes presentadas por los ciudadanos, y de notificar las decisiones adoptadas, dentro del plazo máximo previsto en la normativa que sea de aplicación.
  • Recomendar al Departamento que, si no lo ha hecho ya, resuelva con la mayor celeridad la solicitud presentada por la autora de la queja.
  • Sugerir al Departamento que, en el presente ejercicio 2012, apruebe una convocatoria de ayudas para familias en que se produzca el nacimiento de un tercer hijo, dando cabida en la misma al caso de la queja y a otros habidos en 2011 que no pudieron ser atendidos por falta de crédito presupuestario.

EXP. 12/100

En relación con la demora en la resolución de un expediente de renovación de la renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la autora de la queja.

EXP. 12/139

En relación con el precio que se cobra a la madre del promotor de la queja, por la utilización del servicio de transporte asistido:

  • Recomendar que se revise el contenido de la regulación del precio del servicio de transporte asistido que recoge el Acuerdo de 24 de noviembre de 2011, del Consejo de Gobierno de la Agencia Navarra para la Dependencia, procurando una mejor equidistribución del coste entre los usuarios.

EXP. 12/190

En relación con la denegación de la renta de inclusión social, fundada en la falta de cumplimiento del requisito de residencia ininterrumpida en Navarra durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

  • Recomendar al Departamento que se revise la denegación de la renta de inclusión social a la autora de la queja, considerando cumplido el requisito de residencia previa en Navarra, y concediendo la prestación en la cuantía que proceda.

EXP. 12/195

En relación con haberle sido denegada la Renta de Inclusión Social:

  • Recordar al Departamento sus deberes legales de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que, en este caso, aplique la normativa vigente en el momento en que se agotó el plazo máximo de resolución del expediente promovido por el autor de la queja.

EXP. 12/199

En relación con la falta de ayudas por el acogimiento de un menor de edad y por la ausencia de respuesta a un recurso que presentó:

  • Recomendar que el Departamento analice implantar o promover una prestación económica dirigida a apoyar a las familias que participen en los programas de desplazamiento de menores con fines de escolarización, contemplados en la legislación sobre extranjería, con los requisitos, condiciones y contenido que se consideren adecuados.

EXP. 12/203

En relación con la supresión de la ayuda ofrecida por la Agencia Navarra para la Dependencia para adquirir productos de apoyo facilitadores de la comunicación y la información:

  • Recomendar al Departamento que se estudie y valore la posibilidad de elaborar lo antes posible una convocatoria de ayudas técnicas y para la movilidad de personas dependientes, en la que se garantice la posibilidad de participar a aquellas personas que adquirieron elementos para personas con discapacidad conforme a la convocatoria hecha por la Orden Foral 186/2011, de 2 de junio.

EXP. 12/221

En relación con la demora que está padeciendo en la concesión de una ayuda económica por excedencia para el cuidado de sus hijos:

  • Recordar al Departamento su deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, todas las solicitudes y peticiones que los ciudadanos le formulen, entre ellas la solicitud del autor de la queja.

EXP. 12/228

En relación con los retrocesos en la asistencia a las personas dependientes que viene acordando el Gobierno de Navarra y el Departamento, amparados en las restricciones presupuestarias derivadas de la crisis económica:

  • Recomendar al Departamento que se adecúen los servicios de atención a la dependencia a las necesidades reales de las personas dependientes, procurando, en lo posible, un progresivo incremento de los recursos técnicos y económicos para garantizar una atención completa y de calidad a las personas dependientes.
  • Sugerir al Departamento que estudie la posibilidad de complementar normativamente el sistema de compatibilidades establecido por las Órdenes Forales 103/2011 y 247/2011, para posibilitar que pueda excepcionarse cuando en el caso concreto concurran circunstancias que hagan recomendable técnicamente establecer un programa de atención individual que requiera más de una prestación.

EXP. 12/229

En relación con la denegación de la Renta de Inclusión Social:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra, que, en este caso, aplique la normativa vigente en el momento en que se agotó el plazo máximo de resolución del expediente promovido por el autor de la queja, y, en consecuencia, le conceda la renta básica.

EXP. 12/255

En relación con la gestión de una lista para el acceso a centros para personas con discapacidad:

  • Sugerir al Departamento que publique los criterios aplicables en la gestión de las listas de espera para el acceso al servicio a que se refiere la queja o similares. Además, sugerirle, que en relación con el acceso a estos servicios, se evite a los interesados la realización de todos aquellos trámites formales que sean prescindibles o reiterativos, como pudiera ser el de presentación de nuevas solicitudes tras la renuncia a la oferta de una plaza.
  • Recomendar al Departamento que incluya nuevamente a la hija de la autora de la queja en la lista de espera en que se encontraba, sin exigirle la presentación de otra solicitud, ni documentación que ya obre en poder de la Administración.

EXP. 12/257

En relación con la imposibilidad de no renovarle la Renta de Inclusión Social al promotor de la queja:

  • Sugerir al Departamento que compruebe la realidad que expone el promotor de la queja y, una vez acreditada la misma, se conceda, si se cumplen los requisitos establecidos, la renovación extraordinaria de la renta de inclusión social para paliar su situación de pobreza extrema.

EXP. 12/261

En relación con la denegación de su solicitud de renta básica:

  • Recomendar al Departamento que, en este caso, aplique la normativa vigente en el momento en que se agotó el plazo máximo de resolución del expediente promovido por el autor de la queja, y, en consecuencia, le conceda la prestación solicitada.
  • Sugerir a dicho Departamento, con carácter subsidiario, que, si se mantiene que el plazo de residencia previa es de veinticuatro meses, se valoren las circunstancias que aduce el interesado en cuanto a su salida transitoria y retorno a Navarra.

EXP. 12/270

En relación con la denegación de la renta básica:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento de que, en este caso, aplique la normativa vigente en el momento en que se agotó el plazo máximo de resolución del expediente promovido por el autor de la queja.

EXP. 12/272

En relación con la supresión a su hermana, con un 88% de minusvalía, de la ayuda para la permanencia en el domicilio de personas dependientes, que ha percibido hasta marzo de 2012:

  • Recomendar al Departamento que estudie y valore la posibilidad de compatibilizar con carácter general la ayuda económica para la permanencia en el domicilio con la utilización del servicio de centro de día.

EXP. 12/283 y 12/393

En relación con la denegación de la renta básica:

  • Recomendar que el Departamento analice promover, a la mayor brevedad posible, una norma que establezca ayudas económicas que, con carácter transitorio, permitan cubrir las necesidades básicas de aquellas personas que se encuentran en situación real de pobreza y que, por no reunir los requisitos exigidos, no pueden acceder a la prestación de la renta de inclusión social.”

EXP. 12/296

En relación con la disconformidad con el traslado de los usuarios del centro de día Monjardín (personas adultas con discapacidad) al centro residencial de Las Hayas, sito en Sarriguren, para prestarles atención diurna en el marco de la organización de este centro residencial:

  • Recomendar al Departamento que especifique a los interesados los motivos que han llevado a la modificación de lo inicialmente previsto, respecto al Centro de Día, en el Plan Integral de Atención a Personas con Discapacidad, y las actuaciones que va a llevar a cabo para evitar en los usuarios de este Centro de Día una incidencia negativa de dicha modificación.
  • Sugerir al Departamento que se dé participación a la Asociación de Padres y Tutores de personas con Retraso Mental Severo del Centro de Día Monjardín de Pamplona – APAMO en el diseño de atención que van a recibir los usuarios del Centro de Día Monjardín en su nueva ubicación en Sarriguren, de modo que puedan aportar su punto de vista y su experiencia en los aspectos organizativos y de gestión.
  • Recomendar al Departamento que se intensifiquen los esfuerzos para que la nueva ubicación de los usuarios del Centro de Día Monjardín no tenga una incidencia negativa en el proyecto que actualmente desarrolla este centro, lo que precisaría de la asignación a los usuarios del Centro de Día del espacio exterior e interior necesario para mantener la calidad de su proyecto, su autonomía y el desarrollo de sus actividades como Centro de Día, máxime si el emplazamiento que se está barajando como posible es un centro de carácter residencial.
  • Sugerir al Departamento que, en caso de constatar la inviabilidad de compatibilizar en el mismo espacio físico la atención residencial del Centro de las Hayas con el proyecto del Centro de Día Monjardín, se siga trabajando en la localización de un espacio adecuado para la ubicación del Centro de Día.

EXP. 12/297

En relación con la denegación de renovación de la renta básica:

  • Recordar al Departamento sus deberes legales de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento de que, en este caso, aplique la normativa vigente en el momento en que se agotó el plazo máximo de resolución del expediente promovido por el autor de la queja.

EXP. 12/335

En relación con la falta de abono de la ayuda económica a familias por el nacimiento del tercer hijo:

  • Recordar al Departamento sus deberes legales de resolver las solicitudes de ayuda económica por el nacimiento del tercer hijo presentadas por los ciudadanos, y de notificar las decisiones adoptadas dentro del plazo máximo de dos meses previsto en la normativa que sea de aplicación.
  • Recomendar al Departamento que adopte las medidas necesarias para que los solicitantes de la ayuda económica puedan percibirla siempre que satisfagan los requisitos exigidos por la normativa aplicable.

EXP. 12/341

En relación con la tramitación de una solicitud de acceso a las prestaciones del sistema de dependencia:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de acceso las prestaciones del sistema de dependencia en el plazo máximo previsto en la legislación de aplicación.
  • Recomendar al Departamento que, dejando sin efecto la resolución de archivo objeto de la queja, conceda a la interesada la prestación del sistema de dependencia a que, en su caso, pueda tener derecho, con efectos desde la fecha que corresponda en función de la presentación de su solicitud.
  • Sugerir al Departamento que estudie e impulse la adopción de nuevas medidas de coordinación con las unidades que actúan en el nivel básico del sistema de servicios sociales, en lo que atañe a la tramitación de los procedimientos de acceso a las prestaciones de dependencia, en colaboración con las entidades u órganos administrativos competentes.

EXP. 12/356

En relación con los retrasos en la renovación de la renta de inclusión social a su mujer:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por el autor de la queja.

EXP. 12/393

En relación con la denegación de cualquier ayuda económica para poder subsistir:

  • Que el Departamento analice promover, a la mayor brevedad posible, una norma que establezca ayudas económicas que, con carácter transitorio, permitan cubrir las necesidades básicas de aquellas personas que se encuentran en situación real de pobreza y que, por no reunir los requisitos exigidos, no pueden acceder a la prestación de la renta de inclusión social.

EXP. 12/464

En relación con la demora en la resolución de un expediente de renovación de la renta de inclusión social:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver en plazo las solicitudes de prestación de la renta de inclusión social que le formulen los ciudadanos.

EXP. 12/500

En relación con la denegación de la renovación de la Renta de Inclusión Social por causas excepcionales:

  • Recomendar al Departamento que revise la situación de la interesada y le conceda de manera excepcional la renovación de la renta de inclusión social, al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, de la Renta de Inclusión Social.

EXP. 12/511/M

En relación con la situación de desprotección en que se encuentran dos menores, de cuatro y ocho años:

  • Sugerir al Departamento que analice las circunstancias actuales del caso y, en el marco de lo dispuesto en la legislación sobre protección de menores, valore si procede alguna medida que pudiera ser adecuada a la situación.

EXP. 12/763

En relación con la falta de resolución de su petición de renovación de la Renta de Inclusión Social:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la autora de la queja.

EXP. 12/874

En relación con el retraso en la resolución de una solicitud de percepción de la renta básica:

  • Recordar al Departamento su deber legal de resolver las solicitudes de prestación de la renta básica o de inclusión social dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días previsto en la normativa vigente, y de notificar en dicho plazo las decisiones adoptadas.
  • Recomendar al Departamento que proceda, con la mayor celeridad, a resolver la solicitud presentada por la autora de la queja.

EXP. 12/960

En relación con la escasa ayuda económica que percibe la madre de la promotora de la queja:

  • Sugerir al Departamento que valore la solicitud de cambio de prestación de la madre de la promotora de la queja, y, en el caso de que la nueva prestación que se le pueda reconocer sea de mayor cuantía, se le conceda esta con efectos retroactivos al momento en que pudo obtener la nueva prestación.

EXP. 12/1045

En relación con la denegación de la Renta de Inclusión Social por parte del Departamento:

  • Recomendar al Departamento que conceda a la promotora de la queja la renta de inclusión social, puesto que ha presentado suficiente documentación que acredita que ha residido de forma continuada y efectiva en Navarra durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.

EXP. 12/1109

En relación con la tramitación de ayudas que había solicitado ante la grave situación de necesidad que padece:

  • Sugerir al Departamento que conceda a la ciudadana la renta de inclusión social, con efectos desde la fecha en que se cumpliera el requisito previsto por el artículo 4.1 d) de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, previa valoración actualizada del caso si fuera precisa.

Al Departamento de Políticas Sociales y al Depatamento de Fomento

EXP. 12/367

En relación con la no concesión de una plaza en un piso funcional destinado a personas con discapacidad y a la supresión de una subvención para el pago del alquiler de la vivienda protegida en que reside:

  • Recordar al Departamento de Políticas Sociales su deber legal de conceder a la interesada el servicio de piso tutelado/funcional, en cuanto prestación garantizada del sistema de servicios sociales.
  • Recomendar al Departamento de Fomento que, entre tanto no se concede el anterior servicio, se mantenga la subvención que venía percibiendo la interesada, para el abono de la vivienda protegida en que reside en régimen de alquiler.
  • Recomendar al Departamento de Fomento que estudie una modificación del Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, en cuya virtud, a efectos de titularidad de derechos, no se discrimine por la circunstancia de la incapacitación.

EXP. 12/406

En relación con la solicitud de ayuda para sufragar los gastos de suministro de energía eléctrica derivados de las baterías externas y el monitor externo conectado de forma permanente a la red eléctrica, necesario para el funcionamiento del corazón del ciudadano:

  • Sugerir al Departamento que se estudie la posibilidad de sufragar los gastos de consumo de electricidad derivados del tratamiento médico vital y novedoso que se ha implantado al promotor de la queja, bien a través del encaje en alguna de las ayudas existentes en el Catálogo de la Cartera de Servicios Sociales, bien mediante la articulación de alguna otra ayuda extraordinaria y específica para este tipo de casos tan singulares y excepcionales.

AO_15_12

En relación con las medidas dirigidas al logro de la igualdad efectiva de todas las personas, con independencia de su orientación sexual:

  • Recomendar al Departamento de Políticas Sociales que se continúen apoyando y adoptando cuantas medidas se consideren necesarias para garantizar el principio de igualdad efectiva de todas las personas, al margen de cuál sea su orientación sexual, y la prevención y, en su caso, para la erradicación de conductas homófobas.
  • Sugerir que se valore si, ahora o más adelante, puede resultar eficaz la elaboración por el Gobierno de Navarra de un plan dirigido a potenciar en distintos ámbitos (educativo, laboral, social, civil, etcétera) el respeto por las personas de orientación afectiva homosexual, ante la existencia de fuertes prejuicios en nuestra sociedad, cuando no de conductas, comportamientos o expresiones de claro carácter homófobo.

AO_34_12

En relación con la situación de la infancia y la adolescencia en Navarra:

  • Completar el desarrollo reglamentario de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia, y, en este sentido, propiciar la aprobación a la mayor brevedad posible del reglamento correspondiente en materia de adopción.
  • Dotar o promover la dotación a los distintos agentes actuantes en materia de protección del menor (Servicio de Protección, Promoción y Atención a la Infancia y a la Adolescencia, Servicios Sociales de Base, entidades de iniciativa social que actúen como colaboradoras, etcétera) de suficientes recursos, humanos, materiales o técnicos, para acometer adecuadamente las funciones que tienen encomendadas.

    En este sentido, atendiendo al elevado nivel de actividad que han de afrontar, y del incremento que se aprecia en el mismo, se sugiere que, cuando menos, se mantengan las dotaciones actuales y que, de ser posible, se incrementen, así como acompasar tales dotaciones a la evolución de la demanda de intervenciones del sistema de protección.

  • Continuar fijando líneas de actuación concretas en el marco de los instrumentos estratégicos de planificación de carácter general, con establecimiento de indicadores de seguimiento y con revisiones o actualizaciones de periodicidad anual o inferior, practicadas en función de la evolución de la situación y de las principales necesidades o déficits que puedan detectarse en cada momento.
  • Incrementar la labor de difusión de los derechos y deberes de los menores, tanto en el ámbito social, en general, como en el de los propios menores. Respecto a este último, ejecutar o promover acciones destinadas directa y específicamente a dichos menores, con medidas coordinadas, fundamentalmente, entre los órganos competentes en materia de protección del menor y la Administración educativa.
  • Proseguir adoptando medidas de coordinación entre los órganos administrativos y con las entidades de iniciativa social que atiendan a menores, en aras fundamentalmente a potenciar las medidas preventivas y la detección temprana de elementos de riesgo.

    En particular, prestar una atención especial a la coordinación con las instancias ajenas al sistema de servicios sociales y, en concreto, con los ámbitos educativo y sanitario.

  • Ejecutar también en el ámbito de la prevención programas o acciones en las áreas de la sensibilización social, del apoyo familiar, de las relaciones sociales, de ocio y animación, y de la formación y el empleo.
  • Continuar priorizando la intervención temprana en situaciones de riesgo y, en este sentido, reforzar los dispositivos y mecanismos existentes para la detección de estas situaciones, para procurar evitar, en lo posible, que las circunstancias determinen la necesidad de declarar el desamparo de los menores. En particular, generalizar la implantación en todo el territorio de Navarra de equipos intermedios (Equipos de Atención a la Infancia y a la Adolescencia o similares).
  • Intensificar la intervención con las familias cuyos menores hayan sido declarados en situación de desamparo y separados del núcleo familiar, procurando, en lo posible, crear las condiciones precisas para hacer viable el retorno, sin perjuicio de primar en todo caso el interés superior del menor.
  • Adoptar medidas que promuevan el acogimiento familiar, reduciendo en todo lo posible el acogimiento residencial y, en particular, procurar la eliminación de este último en el caso de niños y niñas menores de seis años.
    En este sentido, se propone intensificar el apoyo a las familias acogedoras, tanto de orden técnico, como económico.
    En concreto, se propone:
    1. Promover una modificación de la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General que incremente las ayudas dirigidas al acogimiento familiar.

    2. Conjuntamente con la Hacienda Tributaria de Navarra, analizar e impulsar una modificación legislativa de los beneficios fiscales a las familias acogedoras, fundamentalmente en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

  • En relación con los acogimientos familiares, procurar incrementar los habidos en familia extensa, con intervenciones y actuaciones de apoyo en este ámbito familiar, tendentes a propiciar que los niños y niñas se encuentren en el entorno más cercano a su posible a su origen.
  • Insistir en la adopción de medidas que flexibilicen y agilicen los procedimientos de adopción y las declaraciones de idoneidad.
    Continuar y, en lo posible, intensificar los programas destinados e menores en situación de conflicto de conflicto social, con medidas preventivas, educativas, culturales y de inserción social y, en su caso, laboral, integrando en tales programas la atención y apoyos especiales a las familias que cuenten con menores en tal situación
  • Reforzar los programas de autonomía personal, con medidas de apoyo tanto económicas como técnicas, que permitan un adecuado tránsito a la vida de adulta de adolescentes sobre los que haya recaído alguna medida judicial o administrativa.
  • En relación con la necesidad de minimizar la intervención del sistema de reforma, redoblar esfuerzos en las funciones de prevención y detección de las situaciones que pueden derivar en conflicto y conductas punibles, con coordinación de actuaciones entre las diversas instancias implicadas: ámbitos familiar, social y educativo, principalmente.

Al Departamento de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior

EXP. 12/137

En relación con la situación actual que están viviendo asociaciones como el CORMIN y padeciendo las personas con discapacidad por ellas representadas:

  • Recordar al Departamento el deber legal del Gobierno de Navarra de desarrollar la Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, de accesibilidad universal y diseño para todas las personas de Navarra, tanto mediante la aprobación de las normas reglamentarias requeridas por la misma, como a través de la adopción de medidas de implementación que no tienen tal naturaleza, también previstas en dicha Ley.
  • Recomendar al Departamento que, dado el carácter transversal de la norma, impulse y coordine las actuaciones que, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, sean precisas para hacer materialmente efectivas las previsiones de la Ley Foral 5/2010.
  • Sugerir a dicho Departamento que, en el ámbito del empleo público en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, estudie y analice la situación actual del acceso al mismo de las personas con discapacidad y, de ser preciso, adopte las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en la legislación vigente.

Al Ayuntamiento de Cizur Mayor

EXP. 12/477/M

En relación con la situación de extrema necesidad en que se encuentra una familia con todos sus miembros en paro:

  • Sugerir al Ayuntamiento que, por parte del Servicio Social de Base, se valoren las circunstancias de este caso y se determinen las posibilidades de actuación, concediendo, si procede, alguna ayuda a esta familia o, en su caso, activando alguna de las prestaciones del sistema público de servicios sociales, u otras que pudieran corresponder.

Al Ayuntamiento de Pamplona

EXP. 12/67

En relación con las dificultades que sufre como discapacitada en la parada de la línea de autobús número 12, donde ella coge el autobús (refiere que la parada no resulta accesible para personas en su condición, indica que la acera es muy estrecha y hay raíces y arbustos que dificultan gravemente su acceso al transporte):

  • Sugerir al Ayuntamiento que mantenga una continua vigilancia de las paradas de autobuses, así como de sus proximidades, a los efectos de suprimir obstáculos tales como raíces, objetos, etcétera, que puedan dificultar a los discapacitados el normal acceso a las paradas de autobuses y al autobús.

EXP. 12/707/M

En relación con la situación de extrema necesidad que padece un ciudadano que reside en las calles de Pamplona, y no percibe ningún ingreso con que procurarse una vivienda, ni comida, y permanece en Pamplona a la espera de que le sea practicada una intervención quirúrgica programada:

  • Sugerir al Ayuntamiento que valore las circunstancias de este caso y se determinen las posibilidades de actuación, concediendo al interesado, si es posible, el servicio de albergue municipal o, en su caso, estudiando la tramitación y concesión de alguna ayuda del sistema de servicios sociales que permita paliar dicha situación y, en particular, la carencia de una vivienda donde poder alojarse.

Al Parlamento de Navarra

EXP. 12/137

En relación con la situación actual que están viviendo asociaciones como el CORMIN y padeciendo las personas con discapacidad por ellas representadas:

  • Sugerir al Parlamento que valore y, en caso positivo, atienda la petición de creación de una comisión parlamentaria específicamente dedicada a las materias de dependencia y discapacidad.

A la Defensora del Pueblo de España

AO_20_12

En relación con la constitucionalidad de las reducciones a la dependencia:

  • Sugerir a la Defensora del Pueblo que estudie si la incompatibilidad de las prestaciones en el sistema de la dependencia y otros aspectos relacionados con este sistema, entre ellos el régimen transitorio, que establece el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, encajan en el marco constitucional y respetan los derechos de los beneficiarios del sistema de dependencia.

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