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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Acceso a un empleo público

Acceso a empleo público

Al Departamento de Educación

EXP. 16/247

En relación con la imposibilidad de los licenciados en Administración y Dirección de Empresas de accedera la contratación temporal de personal docente, en la especialidad de Matemáticas.

  • Recomendar al Departamento que adopte medidas para permitir que los titulados universitarios en Administración y Dirección de Empresas puedan acceder a la docencia en la materia de Matemáticas en igualdad de condiciones que las previstas para los titulados universitarios en Economía, al no apreciarse razón suficiente para una diferencia de trato normativo en este punto, dado el similar contenido de los respectivos currículos respecto a la materia citada.

EXP. 17/771

En relación con la exclusión de las listas de aspirantes para el desempeño de puestos de docente, pese a haber presentado la documentación requerida, y con la falta de contestación a un recurso de alzada y a una reclamación:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver los recursos de alzada que presenten los ciudadanos y de notificar las decisiones que se adopten, dentro del plazo máximo de tres meses que fija la ley, y, en el caso suscitado por el autor de la queja, vencido tal plazo, recordar el deber legal de resolver el recurso presentado con toda celeridad.
  • Recomendar al Departamento que admita al interesado en la lista relativa a la especialidad de “Administración de Empresas (castelllano)”, al estimar que los estudios de grado de que dispone habilitan para el acceso a la misma por ser “título de grado correspondiente en Ciencias del Trabajo”.

EXP. 18/06

En relación con la contratación por el Departamento de Educación de docentes que carecen de la formación pedagógica y didáctica exigida, cuando existen otras personas interesadas que, habiendo sido excluidas de las listas de contratación temporal por no haber acreditado dicha formación, no son llamadas para cubrir las correspondientes bajas:

  • Sugerir al Departamento que valore incluir la propuesta realizada por la autora de la queja en la modificación de la Orden Foral 55/2016, de 29 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

EXP. 18/34

En relación con la contratación temporal de plazas docentes para las que se requiere perfil de idioma extranjero, por no priorizarse a quienes cuentan con una acreditación definitiva (en el caso, por disponer de titulación acreditativa del nivel C1):

  • Sugerir al Departamento, en relación con el acceso, mediante contratación temporal a plazas de personal docente en educación infantil y educación primaria en plazas con perfil de lengua extranjera, que adopte medidas para priorizar a quienes posean la acreditación definitiva a que se refiere el artículo 9 del Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril (por disponer de un título acreditativo de nivel C1, en el caso de la queja), respecto a quienes dispongan de una acreditación transitoria (por no cumplir todos los requisitos exigidos para acceder a dicha acreditación definitiva).

EXP. 18/206 y 18/285

En relación con la gestión de las listas de contratación de docentes constituidas tras el proceso selectivo del puesto de Maestro llevado a cabo en 2016:

  • Recomendaral Departamento que reconozca la preferencia de la autora de la queja, aprobada en el proceso selectivo del puesto de Maestro del año 2016, para ser contratada, respecto a quienes no hubieran participado o aprobado en dicho proceso, por considerarse tal preferencia cosustancial al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad y con arreglo a los principios de mérito y capacidad, adoptando las medidas que procedan a tal fin.

EXP. 18/216

En relación con el trato discriminatorio que, a juicio de la autora de la queja, sufren los alumnos de la UNED en la acreditación de la formación pedagógica y didáctica exigida para impartir la docencia mediante contratación temporal:

  • Recomendar al Departamento que entre a resolver todas las cuestiones de fondo que plantea la interesada en su escrito del 10 de noviembre de 2017, presentado tras su exclusión de las listas de contratación de docentes y la revocación de la adjudicación de una plaza en el IESO Pedro de Atarrabia, y que estime la peticiones que formula en dicho escrito, por las razones anteriormente apuntadas.

EXP. 18/216

En relación con el trato discriminatorio que, a juicio de la autora de la queja, sufren los alumnos de la UNED en la acreditación de la formación pedagógica y didáctica exigida para impartir la docencia mediante contratación temporal:

  • Recomendar al Departamento que entre a resolver todas las cuestiones de fondo que plantea la interesada en su escrito del 10 de noviembre de 2017, presentado tras su exclusión de las listas de contratación de docentes y la revocación de la adjudicación de una plaza en el IESO Pedro de Atarrabia, y que estime la peticiones que formula en dicho escrito, por las razones anteriormente apuntadas.

EXP. 18/254

En relación con la exclusión de las listas de contratación de docentes por no acreditar la formación pedagógica y didáctica exigida, pese a resultar eximido por ser licenciado en Pedagogía:

  • Recomendar al Departamento que anule y deje sin efecto la exclusión del autor de la queja (por no disponer de formación pedagógica y didáctica) de las listas de contratación docente en las que se encontraba, ya que la licenciatura en pedagogía que posee es, conforme a la ley aplicable, suficiente a los efectos del cumplimiento del requisito.

EXP. 18/273

En relación con la extinción de la relación contractual y por una reclamación de cantidad girada en relación con dicha extinción (“carta de pago”):

  • Recomendar al Departamento que deje sin efecto la extinción del contrato como personal temporal docente suscrito con la interesada que ha motivado la queja, y la reclamación de cantidad derivada de la misma, al estimar que la invalidez invocada por el órgano administrativo, para ser declarada y producir efectos, requiere un procedimiento previo de revisión de oficio de actos favorables.

EXP. 18/277

En relación con la escasa valoración que se otorga a la formación especializada en música (titulaciones de música de grado medio o superior) en el acceso a la función pública docente para impartir la materia de música:

  • Sugerir al Departamento:
    1. que analice si, actualmente, se da suficiente relevancia a la formación especializada en música (grados medio y superior de música) en el acceso a la función pública docente, adoptando o, en su caso, proponiendo a la Administración competente, las medidas que fueran precisas para incrementarla;
    2. que, en la elaboración de su normativa de gestión de la contratación temporal, y demás normativa de su ámbito competencial, valore implementar las solicitudes que se formulan en la queja, referidas a considerar como requisito la titulación en música o, en su defecto, como elemento determinante de prioridad, para el acceso a las plazas de docencia musical de que se trate.

EXP. 18/481

En relación con la exclusión de la interesada de las listas específicas de personal docente:

  • Recomendar al Departamento que deje sin efecto la exclusión de la interesada de las listas específicas de contratación de personal docente, por considerar que el título de que dispone le habilita para la prestación del servicio, con las consecuencias que de ello se deriven.
  • Recordar al Departamento el deber legal de observar el plazo de tres meses establecido para dictar y notificar la resolución de los recursos de alzada que le presenten los ciudadanos.

EXP. 18/502

En relación con la contratación de la interesada para un puesto de cuidador en un colegio de Irurtzun para el curso 2017/2018:

  • Recomendar al Departamento que extienda el contrato temporal de la interesada hasta el 31 de agosto de 2018, con las consecuencias derivadas de tal extensión, incluidas las que, en su caso (de darse las demás circunstancias), procedan respecto a la preferencia del llamamiento para el próximo curso 2018/2019 que se reclama.

EXP. 18/509

Enrelación con la exclusión de la interesada de la lista para la contratación temporal del puesto de Cuidador del Departamento de Educación:

  • Recomendar al Departamento que readmita a la autora de la queja en la lista de contratación para el puesto de Cuidador (de la que ha sido excluida), al no existir previsión alguna que ampare el lugar empleado por dicho Departamento para publicar el llamamiento que ocasionó su exclusión.

EXP. 18/539 y EXP. 18/546

En relación con la imposibilidad de la interesada de reincorporarse a las listas de contratación de las que fue excluida en el año 2017, a pesar de de haber obtenido el requisito de formación pedagógica y didáctica:

  • Recomendar al Departamento que reincorpore a la interesada a las listas de contratación de personal docente de las que fue excluida en el año 2017, si acredita disponer del requisito de formación pedagógica y didáctica cuya ausencia motivó la exclusión, conforme a la posibilidad que contempla la Orden Foral 51/2018, de 7 de junio, sin considerar impedimento la convocatoria de ingreso en el cuerpo de educación secundaria aprobada en marzo de 2018, por ser anterior a la fecha de entrada en vigor de la citada orden foral.

EXP. 18/549

En relación con determinados aspectos del concurso-oposición convocado por el Departamento de Educación para la cobertura de puestos de trabajo de profesores de educación secundaria y de formación profesional:

  • Recomendar al Departamento que, en relación con sucesivos concursos-oposición de personal docente como el que ha motivado la queja, que, en caso de valorarse pertinente un trámite como el realizado (subsanación de la programación didáctica), se contemple expresamente en las bases reguladoras.
  • Sugerir al Departamento que, en caso de habilitarse cambios de horario de celebración de las pruebas selectivas a fin de favorecer la concurrencia de todos los aspirantes que cumplan los requisitos correspondientes para presentarse a distintos procedimientos (especialidades, idiomas), se informe previamente a todos los interesados de tal posibilidad (indicación en la convocatoria, anuncio enel lugar de publicación de los actos derivados de la misma …).

EXP. 18/571

En relación con la denegación por el Departamento de Educación de una solicitud de acreditación del perfil de educación especial al autor de la queja:

  • Sugerir al Departamento que proceda a revisar la normativa que regula la acreditación de perfiles específicos y las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes, de tal forma que el contenido de las mismas, en cuanto a los requisitos de titulación, sea similar. Asimismo, se sugiere que se valore estimar la solicitud de acreditación de perfil de ducación especial del interesado, dado que, según se concluye, el interesado contaría con una titulación materialmente habilitante para el desempeño de las funciones correspondientes.

EXP. 18/592

En relación con la exclusión del interesado de una lista de contratación de personal docente a la que concurrió:

  • Recomendar al Departamento que deje sin efecto el acto de exclusión del interesado de las listas específicas de personal docente que ha motivado la queja, toda vez que aquel acredita que firmó digitalmente la solicitud de participación en el procedimiento.

EXP. 18/642

En relación con la falta de valoración de un curso que el interesado alegó como mérito en una convocatoria de profesorado de enseñanza secundaria y formación profesional:

  • Recomendar al Departamento que se valore el curso alegado por el interesado en el concurso-oposición de profesorado de enseñanza secundaria y formación profesional, otorgándole la puntuación que corresponda, al no apreciarse razones que justifiquen la denegación.

EXP. 18/661

En relación con la falta de valoración, como mérito, de un título oficial en el concurso-oposición de profesorado de enseñanza secundaria y formación profesional:

  • Recomendar al Departamento que valore el título oficial alegado por el interesado de Químico Especialista en Bioquímica Clínica, en el concurso-oposición de profesorado de enseñanza secundaria y formación profesional, otorgándole la puntuación que corresponda.

EXP. 18/665

En relación con el posible agravio comparativo entre docentes de determinadas especialidades, motivado por el encuadramiento en diferentes niveles funcionariales, a pesar de la exigencia de los mismos requisitos de acceso:

  • Recomendar al Departamento que analice si está justificado el diferente nivel de encuadramiento de las especialidades docentes que se citan en la queja, habida cuenta de la exigencia de unos mismos requisitos de acceso en cuanto al rango de las titulaciones habilitantes, adoptando, en su caso, las medidas correspondientes .

EXP. 18/734

En relación con las circunstancias en que se realizó un llamamiento para la contratación temporal efectuado por el Departamento de Educación al hijo del autor de la queja:

  • Recordar al Departamento el deber legal de dar contestación expresa y por escrito a las instancias presentadas por el interesado .
  • Recomendar al Departamento que reconozca el derecho del hijo del autor de la queja al contrato reclamado, con los efectos que de ello se deriven, ofreciéndole una contratación análoga, o indemnizándole, si no pudiera ser cumplida la obligación en sus propios términos.

EXP. 18/776

En relación con la intención del Departamento de Educación de incluir en la oferta pública de empleo del año 2019, determinadas especialidades docentes que en la actualidad son impartidas por el colectivo de afectados por la supresión de las listas de aprobados sin plaza en el año 2016, quienes han estado dos años sin la posibilidad de ejercer la docencia, como consecuencia de una decisión -la de suprimir los listados preferentes de aprobados sin plaza- posteriormente anulada judicialmente y que cuando finalmente han conseguido que se les reconozca su derecho a la preferencia en el llamamiento, las especialidades que imparten van a volver a ser ofertadas en la OPE del próximo año:

  • Sugerir al Departamento que valore las propuestas realizadas por la autora de la queja, en relación con la convocatoria de especialidades en el año 2019, si finalmente esta se realiza.

EXP. 18/792

En relación con la situación del colectivo de personal docente “interino” de la especialidad de educación infantil (castellano):

  • Sugerir al Departamento que analice en profundidad la situación del colectivo de docentes a que se refiere la queja (maestros de educación infantil en castellano aprobados sin plaza en la convocatoria del año 2009) y, si es posible, que adopte medidas para procurar mejorarla, valorando, en concreto, las propuestas que se formulan en el escrito de queja.

EXP. 18/814

En relación con las irregularidades que se habrían cometido al calificarse las pruebas de la fase de oposición de la convocatoria de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundariaa plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, concretamenteen la especialidad de Física y Química en euskera:

  • Recomendar al Departamento que entregue a la autora de la queja la documentación solicitada en relación con la convocatoria de acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Física y Química en euskera, en ejercicio de su derecho de acceso al expediente administrativo en el que ha participado.
  • Sugerir al Departamento que revise las calificaciones dadas por el Tribunal Calificador a la parte A del examen realizado por la interesada, por si no se habría respetado lo establecido en la convocatoria, en el sentido de que cada miembro que compone dicho Tribunal Calificador debe puntuar de forma separada cada uno de los ejercicios, para, posteriormente, calcular la media aritmética.

Al Departamento de Presidencia, Función pública, Interior y Justicia

EXP. 17/781

En relación con la falta de concreción del temario exigido en una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de Técnico Superior de Juventud, una para la formación, en servicios especiales, y otra para la contratación temporal:

Sugerir al Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia que:

  • En las convocatorias para la contratación temporal del puesto de trabajo de Técnico Superior de Juventud, confeccione un temario de las pruebas más concreto, preciso y cerrado, que permita un mejor conocimiento previo por parte de los aspirantes de las materias demandadas.
  • Estudie la inclusión en el temario de una bibliografía de autoridades y fuentes de conocimiento en la que, como recomendación, poder basarse los aspirantes para incrementar su certidumbre a la hora de preparar las pruebas selectivas y de responder a las preguntas de la prueba.

EXP. 17/803

En relación con la falta de contestación a tres reclamaciones formuladas frente a los llamamientos realizados para la contratación temporal de Titulados Superiores en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, utilizando para ello la lista de contratación de Psicólogos:

  • Recordar al Departamento el deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, los recursos de alzada que le formulen, y, en este caso, vencido el plazo legal, recordar el deber de resolver sin más dilación.

EXP. 18/243

En relación con las diferentes características de las pruebas selectivas de acceso temporal, mediante contratación o declaración de servicios especiales para la formación de personal funcionario o laboral fijo, a puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

  • Sugerir al Departamento que valore establecer criterios generales de sistematización de las pruebas selectivas de acceso temporal a puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con una finalidad parecida a la que se persigue en el caso de las pruebas de acceso definitivo, procurando evitar diferencias significativas en el nivel de exigencia para puestos de trabajo de un similar rango, salvo justificación basada en sus características específicas.

EXP. 18/519

En relación conla falta de reconocimiento de su título de Maestra con la especialidad en Educación Infantil para el acceso a la contratación temporal del puesto de educador infantil:

  • - Recomendar al Departamento que restablezca a la interesada en la lista de contratación temporal para el puesto de trabajo de educador infantil, con los efectos que de dicho restablecimiento se pudieran derivar por los llamamientos a los que no hubiera podido optar desde el mes de febrero de 2018.

EXP. 18/659

En relación con la inclusión de la plaza que está ocupando en la oferta parcial de empleo público aprobada por Decreto Foral, de 18 de julio (Boletín Oficial de Navarra del 7 de agosto de 2018).

  • Recomendar al Departamento que excluya la plaza que ocupa de forma temporal el autor de la queja de la oferta parcial de empleo público aprobada por Decreto Foral, de 18 de julio, considerando que no concurren los requisitos previstos en la ley para su inclusión (en concreto, el de tres años de ocupación temporal ininterrumpida en la fecha fijada como referencia).

EXP. 18/664

En relación con la falta de contestación a una solicitud relacionada con la gestión de las listas de contratación temporal para el puesto de auxilio judicial:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver expresamente las solicitudes presentadas por los ciudadanos.

EXP. J18/6

En relación con la aplicación de la prioridad excepcional en el llamamiento en las listas del puesto de trabajo de Operador Auxiliar de Coordinación, así como a la mejora de contratación en la gestión de las listas de contratación temporal en el ámbito de la Administración Núcleo:

  • Sugerir al Departamento que, en el marco de la negociación colectiva entre la Administración y los representantes de los funcionarios públicos, se estudien y debatan las cuestiones que se suscitan en esta propuesta: a) la modulación o supresión de la prioridad excepcional para el llamamiento que contempla la normativa vigente a favor de quienes han finalizado su contratación en fechas próximas a la generación de una necesidad de contratación en la unidad administrativa de origen (servicio), en los casos en que todos los puestos de trabajo de una misma categoría se hallen adscritos a un solo servicio; b) la incorporación al ámbito de la Administración Núcleo del sistema de “mejora de la contratación” que existe en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Al Departamento de Salud

EXP. 18/136

En relación con el cese en la aplicación de la preferencia en el llamamiento a favor de las personas con discapacidad en las listas de contratación, así como por continuar la autora de la queja identificada como tal en dichas listas:

  • Recordar el deber legal de que los datos de carácter personal solo podrán ser tratados y cedidos cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido.
  • Recomendar al Departamento que elimine de sus listas de contratación para el puesto de trabajo de Celador, toda referencia, directa o indirecta, a los aspirantes con discapacidad, ya que dicha circunstancia no supone ninguna prioridad en la realización de los llamamientos a las personas incluidas en las mencionadas listas.

EXP. 18/161

En relación con la falta de trasparencia en un concurso-oposición de cinco puestos de Facultativo Especialista de Área en Medicina Física y Rehabilitación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

  • Recomendar al Departamento que facilite a la interesada, en cuanto participante en el proceso selectivo que ha motivado la queja, información acerca del desglose de las puntuaciones de los participantes en dicho proceso, así como sobre los miembros del Tribunal calificador que hayan valorado cada ejercicio.
  • Sugerir al Departamento que valore elaborar un protocolo de buenas prácticas referente a los procedimientos selectivos de personal el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, como elemento de garantía y, en su caso, mejora, de dichos procedimientos.

EXP. 18/572

En relación con la exclusión del interesado de las listas de contratación temporal del puesto de trabajo de oficial de primera al servicio del Departamento de Salud, por no reunir el requisito de titulación exigido, pese a venir desempeñando el puesto de trabajo del que ahora se le excluye desde hace dos años:

  • Recomendar al Departamento que deje sin efecto el acto de exclusión del autor de la queja de las listas abiertas permanentes del puesto de trabajo de oficial de primera, y el subsiguiente acto de extinción del contrato suscrito con el interesado, al estimar que el motivo invocado por el órgano administrativo, para producir efectos, requiere un procedimiento previo de revisión de oficio de actos favorables.

EXP. 18/759

En relación con la falta de valoración de los servicios prestados en el sector privado y de la formación continuada en la materia, en la gestión de las listas abiertas para la contratación temporal del puesto de Técnico en Emergencias Sanitarias (T.E.S.) en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

  • Recomendar al Departamento que adopte las medidas necesarias, incluidas las de carácter normativo, si se ve preciso, para valorar los servicios prestados en emergencias sanitarias en la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de otros, a efectos del acceso temporal a sus puestos de trabajo. Asimismo, se recomienda que se valore puntuar la formación en la materia adquirida por los aspirantes.

EXP. 18/791

En relación con el llamamiento por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a un aspirante con menor preferencia que la autora de la queja en el listado de contratación, para proveer temporalmente el puesto de trabajo de auxiliar administrativo:

  • Recomendar al Departamento que acomode sus contrataciones a los listados correspondientes y a su orden de prelación, evitando la vía excepcional prevista en el artículo 2.6 de la Orden Foral 347E/2017, de 23 de marzo, del Consejero de Salud, por la que se aprueban las normas de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal en los centros y establecimientos de los organismos autónomos adscritos al Departamento de Salud.
  • Recomendar al Departamento que analice la contratación objeto de queja y que, si la misma se hubiera realizado por un periodo superior a treinta días, proceda a valorar si concurren los requisitos para indemnizar a la interesada por los daños ocasionados por no haberle ofrecido un contrato de trabajo que le hubiera correspondido.

Al Departamento de Derechos Sociales y al Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia

EXP. 18/312

En relación con la falta de reconocimiento del Máster Universitario Oficial en Orientación Profesional para el acceso a determinados empleos vinculados con la orientación profesional:

  • Sugerir a los Departamentos que reconozcan el Máster Universitario Oficial en Orientación Profesional para el acceso a funciones y servicios públicos relacionados con la orientación profesional, adaptando a tal criterio sus convocatorias, licitaciones, etcétera, en cuanto estas determinen requisitos de aptitud para el empleo.

Al Ayuntamiento de Burlada-Burlata

EXP. 18/185

En relación con la falta de contestación del Ayuntamiento de Burlada-Burlata a una instancia presentada por la interesada relativa a la gestión realizada en los llamamientos para la contratación del puesto de trabajo de peón de limpieza viaria y/o interiores:

  • Recordar al Ayuntamiento su deber legal de contestar expresamente las solicitudes y peticiones que los ciudadanos le formulen, y de hacerlo dentro de los plazos que contemplan las leyes.

Al Ayuntamiento de Corella

EXP. 18/628

En relación con la valoración de los méritos de dos candidatos participantes en la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño del puesto de coordinador deportivo:

  • Recomendar al Ayuntamiento, en relación con la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de coordinador deportivo, que revise la valoración otorgada a las asignaturas/módulos de un Grado Formación Profesional a la que se refiere la queja, al no poder considerarse como formación académica complementaria a los efectos de dicha convocatoria y de acuerdo con sus bases reguladoras.

Al Ayuntamiento de Estella-Lizarra

EXP. 17/784

En relación con la modificación de las bases de una convocatoria para la provisión de tres puestos de trabajo de agente de policía con destino al Cuerpo de Policía Local, con el fin de dar ejecución a una resolución del Tribunal Administrativo de Navarra, que anuló la exigencia del conocimiento del euskera en el turno de promoción:

  • Recomendar al Ayuntamiento que adopte las medidas pertinentes para adjudicar al autor de la queja un puesto de policía local, en tanto en cuanto ha sido el aspirante más valorado en el turno libre y así le habría correspondido de no mediar la modificación de las bases de la convocatoria por un cauce no previsto legalmente y con un alcance que excede el determinado por la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra.

Al Ayuntamiento de Huarte-Uharte

EXP. 18/64

En relación con la falta de valoración de la experiencia laboral en una empresa privada como oficial administrativo, en una convocatoria para la confección de una lista de oficiales administrativos/as para contrataciones temporales por necesidades del Ayuntamiento:

  • Recomendar al Ayuntamiento que acepte el certificado de empresa aportado por el interesado para acreditar su experiencia laboral como oficial administrativo y que, en consecuencia, le reconozca la correspondiente puntuación a la que tuviera derecho en aplicación de la puntuación prevista en la convocatoria a la que se refiere la queja.

Al Ayuntamiento de San Adrián

EXP. 18/148

En relación con la falta de contestación del Ayuntamiento de San Adrián a una solicitud de información presentada por el interesado relativa a la reposición de plazas vacantes de Policía Local y las medidas a adoptar ante la actual falta de efectivos:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de contestar a la solicitud del autor de la queja.

Al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia

EXP. 18/76

En relación con el procedimiento de publicación en la web municipal de los anuncios de las convocatorias públicas de empleo:

  • Recomendar al Ayuntamiento que el mes de inicio de las pruebas para el acceso a un empleo público se corresponda con el mes fijado en las bases de las convocatorias que apruebe.

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