2015 uztaila 01
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q15/302) por la que se sugiere al Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo que impulse una modificación del artículo 18.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a fin de posibilitar que el eventual incumplimiento de la obligación informativa que contempla a cargo de los colegios profesionales, respecto al ingreso de cuotas satisfechas por los sujetos pasivos, no determine la imposibilidad de practicar la deducción por parte de estos, habilitando la admisión de medios alternativos de prueba del hecho deducible. Asimismo, se sugiere que se amplíe esta modificación a otros supuestos similares de deducciones por ingresos realizados a entidades para las que se prevea tal posibilidad.Gaia: Disconformidad por no poder deducirse las cuotas de colegios profesionales.