2018 urtarrila 11
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q17/771) por la que se recuerda al Departamento de Educación el deber legal de resolver los recursos de alzada que presenten los ciudadanos, y de notificar las decisiones que se adopten, dentro del plazo máximo de tres meses que fija la ley; y, en el caso suscitado por el autor de la queja, vencido tal plazo, recordar el deber legal de resolver el recurso presentado con toda celeridad. Asimismo se le recomienda que admita al interesado en la lista relativa a la especialidad de "Administración de Empresas (Castelllano)", al estimar que los estudios de grado de que dispone habilitan para el acceso a la misma por ser "título de grado correspondiente en Ciencias del Trabajo".Gaia: La exclusión por el Departamento de Educación de las listas específicas para la incorporación de aspirantes a profesor de secundaria, pese a haber presentado la documentación requerida, así como la falta de contestación a un recurso de alzada y a una reclamación planteada al respecto.