2020 otsaila 18
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q19/932) por la que se recuerda al Departamento de Educación el deber legal de resolver los recursos de alzada dentro del plazo de tres meses legalmente establecido, habiéndose el mismo superado significativamente en el caso objeto de queja.Gaia: La demora del Departamento de Educación en resolver un recurso de alzada interpuesto por el autor de la queja frente a la desestimación del abono de la liquidación de vacaciones no disfrutadas.