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Nº: 17
RESOLUCIÓN 17/12, de 23 de abril, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica la contratación de los servicios de “asesoramiento y gestión en materia de comunicación” para la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra durante el período comprendido entre el 1 de mayo de 2012 y el 30 de abril de 2013.
El pasado 22 de marzo de 2012 se iniciaba un procedimiento negociado sin publicidad para la contratación de los citados servicios de comunicación.
Vistas las ofertas presentadas, la diligencia de la Secretaria General y del Técnico de gestión en el que se formula propuesta de adjudicación, así como el Informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
Primero. Adjudicar la contratación de los servicios de asesoramiento y gestión en materia de comunicación a Don […], cuyo DNI es […], de conformidad con las condiciones esenciales del contrato así como con la oferta presentada, por un importe de 30.960 euros anuales, IVA excluido, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2012 y el 30 de abril de 2013.
Segundo. Requerir al adjudicatario que, de conformidad a lo establecido en el artículo 94 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, comparezca a la formalización del contrato de asistencia en el plazo de quince días a partir de la notificación de la adjudicación.
Tercero. Comprometer créditos por importe de 24.355,20 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 2279, denominada “Otros trabajos realizados”, del presupuesto de gastos para el ejercicio del año 2012, para hacer frente a la citada contratación.
Cuarto. Los gastos derivados de la citada contratación en lo que afecta al período comprendido entre 1 de enero y 30 de abril de 2013 se aplicarán al ejercicio 2013, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2279, denominada “Otros trabajos realizados”, del presupuesto de gastos del ejercicio 2013.
Quinto. Trasladar la presente Resolución al Interventor y a las empresas invitadas a presentar oferta.
Sexto.- Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.
Pamplona, 23 de abril de 2012
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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