Toki entitateen funtzionamendua
Toki-entitateen funtzionamendua
Al Ayuntamiento de Pamplona
EXP. 13/659
En relación con la falta de respuesta a la instancia que presentó el promotor de la queja en el registro general del Ayuntamiento, solicitando las bases que regulan la participación en jornadas de ferias del libro e información sobre el contenido de un posible convenio para el año 2013 entre una asociación de libreros de Navarra y el Ayuntamiento:
- Recordar al Ayuntamiento su deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, todas las solicitudes y peticiones que los ciudadanos le formulen, entre ellas la solicitud del autor de la queja.
- Recomendar al Ayuntamiento que estudie y elabore unas bases o normas, haciéndolas públicas, para la participación de libreros en futuras ferias del libro que garanticen un trato igual a todos los libreros profesionales debidamente inscritos como tales en los registros públicos, sin establecer causas de exclusión que puedan implicar discriminaciones indebidas.
Al Ayuntamiento de Marcilla
EXP. 13/797
En relación con la omisión de la publicación debida de acuerdos y resoluciones en la página web municipal, así como por la falta de anuncio, con la antelación correspondiente, de la convocatoria de un pleno:
- Recordar al Ayuntamiento el deber de publicar en la página web municipal los acuerdos de los órganos de gobierno municipales, como dispone su Ordenanza municipal reguladora de la Administración Electrónica, con su contenido íntegro, y sin perjuicio de la ocultación de datos de carácter personal.
- Sugerir al Ayuntamiento que dicha publicidad se haga coincidir con la que se da a los acuerdos y resoluciones municipales en el tablón de edictos, con independencia de que la aprobación de las actas en que se reflejen se produzca posteriormente.
Al Ayuntamiento de Cintruénigo
EXP. 14/314
En relación con la imposición de varias sanciones por el citado Ayuntamiento:
- Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto las dos sanciones objeto de queja, impuestas al promotor de la queja, por tener caballos sueltos, en un caso, y por vertido de agua a un camino, en el otro, al estimar que los hechos no son determinantes de las infracciones imputadas y de las sanciones impuestas, y, en consecuencia, que proceda a la devolución de las cantidades, en su caso, abonadas en tal concepto.
Al Ayuntamiento de Villatuerta
EXP. 14/360M
En relación con la negativa a suministrar al promotor de la queja la información solicitada sobre datos de endeudamiento del Ayuntamiento:
- Solicitar al Ayuntamiento que facilite la información pública solicitada por el promotor de la queja y cualquier ciudadano que así lo requiera.
Al Ayuntamiento de Urdazubi-Urdax
EXP. 14/381
En relación con la falta de entrega de una documentación que solicitaron los promotores de la queja:
- Recomendar al Ayuntamiento de que resuelva la solicitud de
acreditación de los acuerdos de aprobación de las cuentas anuales de 2008, 2009, 2010 y 2012 de la sociedad municipal
, a que se refiere la queja, y que expida la documentación solicitada.
Al Concejo de Errotz
EXP. 14/446
En relación con determinadas actuaciones del Concejo:
- Recomendar al Concejo que dicte y notifique a la autora de la queja una respuesta expresa y específica a lo solicitado, acompañando la respuesta de la documentación que acredite y se corresponda con la solicitud y con la respuesta, por venir así obligado el Concejo por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Al Ayuntamiento de Petilla de Aragón
EXP. 13/484
En relación con determinadas actuaciones del Alcalde de Petilla de Aragón, denunciadas por el promotor de la queja:
- Poner los hechos en conocimiento del Fiscal Superior de la Comunidad Foral de Navarra, por si los mismos fueran constitutivos de los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación.
- Poner los hechos en conocimiento de la Cámara de Comptos de Navarra para que ejerza las funciones propias de control y fiscalización de las cuentas y la gestión económica que ha realizado el Alcalde de Petilla de Aragón, y valore acerca de la existencia de indicios de responsabilidad contable en que este hubiera podido incurrir, en los términos fijados en el artículo 3.2 de la Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, reguladora de la Cámara de Comptos de Navarra.
Al Ayuntamiento de Cendea de Cizur
EXP. 14/527
En relación con la inactividad y demora en la resolución de una solicitud de modificación catastral presentada por los promotores de la queja:
- Recordar al Ayuntamiento el deber legal de resolver expresamente la solicitud de modificación castastral a que se refiere la queja, y de notificar la decisión adoptada.
Al Ayuntamiento de Garínoain
EXP. 14/596
En relación con la falta de respuesta a varias instancias:
- Recordar al Ayuntamiento el deber legal de resolver las solicitudes que le formulen los ciudadanos, incluidas las aludidas por la autora de la queja, cuya contestación y notificación individual se instan.
Al Ayuntamiento de Olite
EXP. 14/744
En relación con la mala atención y desconsideración hacia el promotor de la queja por parte de personal de la Corporación:
- Recordar al Ayuntamiento el deber legal de las autoridades y de los funcionarios públicos de tratar a los ciudadanos con deferencia y cortesía.
Al Concejo de Arlegui
EXP. 14/877
En relación con una convocatoria de la sesión de la Comisión Especial de Cuentas y con la falta de exposición pública durante quince días hábiles de la aprobación inicial de la Cuenta General del ejercicio 2013:
- Recordar al Concejo el deber legal de adoptar medidas que hagan efectivo el derecho de los ciudadanos a participar en aquellos expedientes sometidos a exposición pública.
Al Ayuntamiento de Mendavia
EXP. 14/971
En relación con la denegación a la asociación de vecinos, promotora de la queja de su solicitud de remisión de las convocatorias de sesiones públicas de todos los órganos colegiados de la entidad local:
- Recomendar al Ayuntamiento que atienda con inmediatez la solicitud de la asociación de vecinos de Mendavia promotora de la queja, de ejercer el derecho a recibir en su domicilio social las convocatorias de los órganos colegiados municipales que celebren sesiones públicas cuando en el orden del día figuren cuestiones relacionadas con el objeto social de la entidad.
Al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior
EXP. 14/743
En relación con la atención dada por parte del personal del Tribunal Administrativo de Navarra:
- Recordar al Departamento, y, en este caso concreto, al Tribunal Administrativo de Navarra, el deber legal de admitir la representación de los interesados, siempre que se acredite la misma por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, como ocurrió en el caso a que se refiere la queja.
- Recordar al Departamento el deber legal de sus funcionarios públicos de identificarse, cuando así lo requieran los ciudadanos.