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Nafarroako Foru Zuzenbide Zibila

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Al Parlamento de Navarra

AO16/8

En relación con la actual regulación contenida en la ley 69 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo, sobre el reconocimiento del hijo por sus progenitores:

  • Sugerir al Parlamento que la Ponencia constituida para la revisión y actualización del Fuero Nuevo o Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, estudie y, en su caso, proponga la inclusión de un nuevo apartado in fine en la ley 69, sobre determinación de la filiación no matrimonial, que contemple, de modo similar a como lo hace el artículo 124 del Código Civil, la suspensión, a petición simple de la madre, de la inscripción de la paternidad practicada, durante el año siguiente a la inscripción, cuando la madre niegue la paternidad. Asimismo, que se estudie y se proponga que si el padre solicita la confirmación de la inscripción, sea necesaria la aprobación judicial y, en caso de ser exigible conforme a la legislación correspondiente, la audiencia del Ministerio Fiscal.

AO16/9

En relación con la exigencia por el primer apartado de la ley 257 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo, de la formación de inventario por la viuda en los seis meses siguientes al fallecimiento para adquirir el usufructo de fidelidad:

  • Sugerir al Parlamento que la Ponencia constituida para la revisión y actualización del Fuero Nuevo o Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, estudie y, en su caso, proponga la modificación del primer párrafo de la ley 257 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra, que regula la adquisición del usufructo legal de fidelidad, por considerar dicha regulación injusta y perjudicial para los ciudadanos y, en particular, para las mujeres viudas.

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