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Gomendioak, iradokizunak eta legezko betebeharren gogorarazpenak

Lana

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Al Departamento de Salud

EXP. 17/292

En relación con la próxima extinción de los contratos laborales del colectivo de dietistas-nutricionistas que trabajan en el Complejo Hospitalario de Navarra, como consecuencia de la reversión a la gestión pública del servicio:

  • Sugerir al Departamento que, valorando la especial situación en que se encuentra el colectivo de trabajadoras que presentan la queja, Dietistas-Nutricionistas contratadas por la empresa adjudicataria del servicio de cocina del Complejo Hospitalario de Navarra, estudie, para el caso en que se produzca la reversión del servicio y se gestione por la propia Administración, convocar o contratar un mayor número de plazas o trabajadoras tituladas de Dietética y Nutrición que las actualmente previstas, como medida de garantía de la calidad del servicio.

Al Departamento de Derechos Sociales

EXP. 17/531

En relación con el procedimiento de evaluación del curso de “Formadoras en autodefensa feminista”:

  • Sugerir al Departamento que revise el examen realizado por la interesada, encomendando dicha revisión a una persona independiente (con especialización en la materia y que no haya participado en el procedimiento de evaluación) a la que se le permita comparar el examen de la autora de la queja con el del resto de sus compañeras de curso.

Al Departamento de Educación

EXP. 17/468

En relación con la exclusión del proceso de selección de un puesto de docente de certificados de profesionalidad, ofertado por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare:

  • Recordar al Departamento el deber legal de especificar, en las correspondientes convocatorias u ofertas de puestos de trabajo, las cargas acreditativas de los requisitos de participación que correspondan a los interesados, y, en su caso, de habilitar la subsanación de solicitudes que se consideren incompletas.
  • Recomendar al Departamento, en relación con la tramitación de procesos selectivos o de concurrencia competitiva similares al que ha motivado la queja (docente de certificados de profesionalidad), que aplique criterios de transparencia, de forma que los interesados puedan conocer quiénes han concurrido, los méritos alegados y las valoraciones del órgano de selección.

Al Ayuntamiento de Pamplona

EXP. 17/381

En relación con el reconocimiento y abono de la antigüedad correspondiente al personal subrogado del Servicio de Asistencia Domiciliaria, dependiente del Ayuntamiento de Pamplona:

  • Recomendar al Ayuntamiento que, en relación con el abono de la retribución por antigüedad al personal de la empresa de asistencia domiciliaria ASIMEC, afectado por la subrogación empresarial de que trae causa la queja, y con el cálculo de las cuantías que correspondan, considere la fecha de inicio de la relación laboral en la empresa de origen y no la de 1 de marzo de 2017.

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