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Gomendioak, iradokizunak eta legezko betebeharren gogorarazpenak

Hirigintza

Hirigintza eta Etxebizitza

Al Departamento de Hacienda y Política Financiera y al Ayuntamiento de la Cendea de Cizur

EXP. 17/762

En relación con los perjuicios sufridos como consecuencia de la inclusión de sus fincas en la modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (en lo sucesivo, PSIS) de Guenduláin:

  • Recomendar al Departamento y al Ayuntamiento que modifiquen la segunda revisión parcial de la Ponencia de Valoración de la Cendea de Cizur, cuyo ámbito se refiere a los terrenos del PSIS de Guenduláin incluidos en el término municipal de la mencionada localidad, con el fin de adaptar los valores catastrales resultantes de la misma a la realidad del desarrollo o ejecución de dicho PSIS, evitando los perjuicios del elevado incremento que se ha producido en estos últimos años.

Al Departamento de Hacienda y Política Financiera y al Ayuntamiento de la Cendea de Galar

EXP. 18/443

En relación con el incremento del valor catastral de los terrenos incluidos dentro del ámbito del conocido como Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Guenduláin:

  • Recomendar al Departamento y al Ayuntamiento que, en la revisión total de la Ponencia de Valoración que se está elaborando, se tenga en cuenta la peculiaridad de los terrenos incluidos en el ámbito territorial del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Guenduláin situados en el término municipal de la mencionada localidad, con el fin de adaptar los valores catastrales resultantes de los mismos a la realidad del desarrollo o ejecución de dicho Plan Sectorial, evitando los perjuicios del elevado incremento que se ha producido en estos últimos años.

Al Ayuntamiento de Ablitas

EXP. 18/73

Enrelación con la ocupación y la ejecución de obras de urbanización por parte del Ayuntamiento en terrenos de propiedad del autor de la queja, sin su consentimiento y pese a su oposición:

  • Recordar al Ayuntamiento que no puede ocupar ni ejecutar obras en las parcelas de propiedad de los interesados sin título jurídico para ello (convenio o acto administrativo adoptados conforme al ordenamiento jurídico).

Al Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua

EXP. 17/801

En relación con la excesiva demora del Ayuntamiento en la aprobación definitiva de un Proyecto de Normalización y Parcelación de fincas, así como con la disconformidad de los autores de la queja con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se aprueba inicialmente la disolución de la Junta de Compensación constituida para dicha actuación:

  • Recordar al Ayuntamiento su deber legal de proceder, con la máxima celeridad y sin mayores dilaciones, a la aprobación definitiva del proyecto de normalización y parcelación de fincas de la actuación asistemática A.A.-5, objeto de queja.
  • Recomendar al Ayuntamiento que no proceda a la disolución de la Junta de Compensación de la Actuación Asistemática A.A.-5, por las razones expuestas .

Al Ayuntamiento de Aoiz-Agoitz

EXP. 18/11

En relación con la falta de contestación a una solicitud de documentación relativa a la apertura de tres puertas de bajera en el edificio en el que reside el autor de la queja y al riesgo que entraña dicha apertura para la seguridad del inmueble:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de contestar a la instancia presentada por el autor de la queja el 28 de junio de 2017, en la que solicitaba documentación relativa a la apertura de tres puertas en las bajeras ubicadas en el edificio en el que reside y que se le informara del criterio del arquitecto municipal sobre la estabilidad del edifico como consecuencia de dicha apertura.

Al Ayuntamiento de Baztan

EXP. 18/439

En relación con los perjuicios que van a sufrir vecinos del barrio de Txokoto, en Elizondo, como consecuencia de la construcción de un apartahotel:

  • Recomendar al Ayuntamiento que motive, con relación a los intereses generales del municipio, la modificación del planeamiento que se pretende realizar para dar cumplimiento a lo previsto en el convenio de planeamiento y gestión para posibilitar una actuación de edificación en las parcelas 513 y 774 del polígono 16 de Elizondo. A este respecto, debería motivarse tanto la modificación del destino del suelo, como del régimen de alturas máximas actualmente vigente.
  • Recordar al Ayuntamiento su deber legal de que la aprobación, tanto inicial como definitiva, de los convenios sobre planeamiento que tramite se acuerde por el Pleno.
  • Sugerir al Ayuntamiento que vele por que la actuación edificatoria objeto de queja se ejecute respetando las características arquitectónicas de la zona, con adaptación al ambiente cultural y tradicional en el que se sitúa.

Al Ayuntamiento de Cirauqui-Zirauki

EXP. 18/349

En relación con la falta de adopción de medidas pertinentes ante el deficiente estado de conservación en que se encuentra un solar que linda con la propiedad de la autora de la queja:

  • Recomendar al Ayuntamiento que actúe, con la celeridad que sea precisa, en la realización de las actuaciones necesarias para mantener el solar al que alude la queja en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, tal y como se establecía en la Resolución 45/2016, de 5 de octubre, del Alcalde de dicho ayuntamiento, acudiendo si fuera necesario a la ejecución subsidiaria de la misma.

Al Ayuntamiento de Etxarri Aranatz

EXP. 16/222

En relación con el retraso que está sufriendo el desarrollo urbanístico de la unidad de ejecución 10 (UE-10) de las Normas Subsidiarias de Etxarri Aranatz:

  • Recomendar al Ayuntamiento que vele por el cumplimiento de las condiciones establecidas para asegurar la ejecución de la UE-10, en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 10 de marzo de 2017, y, en el caso de que dichas condiciones no se cumplan, realice las actuaciones previstas para los casos de incumplimiento.

Al Ayuntamiento de Irurtzun

EXP. 18/36

En relación con la falta de contestación a una petición de información urbanística, referida a la realización de unas obras por parte de un vecino:

  • Recomendar al Ayuntamiento que instruya y concluya el procedimiento iniciado en razón de la denuncia presentada por la autora de la queja, en el sentido que proceda, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normativa aplicable.

Al Ayuntamiento de Obanos

EXP. 18/542

En relación con la falta de contestación a una denuncia relativa a la ejecución de obras en una residencia canina sin el otorgamiento de la pertinente licencia:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de atender en plazo las denuncias que presenten los ciudadanos en materia urbanística, notificando a los interesados lo que corresponda.

Al Ayuntamiento de Oiz

EXP. 18/231

En relación con la falta de contestación a dos denuncias presentadas, relativas a la ocupación particular de terrenos de titularidad vecinal y a la ilegalidad urbanística de dos viviendas:

  • Recomendar al Ayuntamiento de Oiz que dé contestación lo antes posible al escrito que el interesado presentó el 16 de octubre de 2017 en la oficina de correos de Doneztebe-Santesteban, dirigido a ese ayuntamiento, y que se adjunta a la presente recomendación.

Al Ayuntamiento de Pamplona-Iruña

EXP. 18/27

En relación con la falta de contestación a una denuncia formulada en relación con unas obras ejecutadas en los bajos de un edifico colindante, que comparte el patio de manzana con el edifico donde reside la autora de la queja:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de contestar a las solicitudes que le presenten dentro del plazo máximo legalmente establecido.
  • Recomendar al Ayuntamiento, a la vista del tiempo transcurrido desde la presentación de la denuncia y de la posible existencia de problemas en la seguridad de las personas residentes en las viviendas que tienen acceso al patio de manzana referido en la queja, que realice la vista de inspección de las obras denunciadas a la mayor brevedad posible, ordenando a continuación las medidas que procedan .

Al Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza

EXP. 18/496

En relación con la falta de contestación a dos instancias presentadas por la autora de la queja, relativas al otorgamiento de una licencia de obras y a los perjuicios sufridos en su domicilio procedentes de unos focos de luz:

  • Recomendar al Ayuntamiento que proceda, sin más dilación, a la entrega a la interesada de una copia de la licencia otorgada a su vecina colindante para la construcción de un asador en el patio o jardín, por tener la ciudadana derecho legal a dicha información.
  • Recomendar al Ayuntamiento que adopte las medidas que sean necesarias para garantizar el derecho de la autora de la queja a disfrutar de un domicilio libre de inmisiones contaminantes generadas por la iluminación proyectada por los focos situados en la calle Príncipe de Viana número 16.

Al Ayuntamiento del Valle de Aranguren

EXP. 17/182

En relación con la falta de contestación del Ayuntamiento del Valle de Aranguren a una solicitud de certificado relativo a la ausencia de autorizaciones municipales para la actividad desarrollada en un inmueble de su propiedad, y por la falta de tramitación del consiguiente expediente por actividad ejecutada sin licencia:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de resolver expresamente las solicitudes y peticiones de los ciudadanos, incluidas las presentadas por la sociedad mercantil autora de la queja .
  • Recomendar al Ayuntamiento, en relación con las solicitudes presentadas por la citada mercantil, que:
    1. Informe expresamente sobre la existencia o no de las licencias o autorizaciones otorgadas para la actividad a que se refieren sus solicitudes, facilitando copia de las mismas (sin perjuicio de preservar aquellos datos que sea pertinente, si hay causa para ello) o certificando su inexistencia; y
    2. Valore si procede adoptar medidas de restauración de la legalidad en ejercicio de sus competencias, informando a la mercantil autora de la queja.

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