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Gomendioak, iradokizunak eta legezko betebeharren gogorarazpenak

Funtzio publikoa

Función Pública

Al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior

EXP. 13/750

En relación con la retribución de los períodos en que un empleado público permanece en situación de incapacidad temporal:

  • Recomendar al Departamento que introduzca las modificaciones pertinentes en su programa o aplicación informática para la elaboración de las nóminas de los empleados públicos, de manera que, durante la situación de incapacidad temporal, aquellos que reciban un salario mensual, perciban el 100% de las retribuciones que le corresponden.
  • Recomendar al Departamento que, por las razones expuestas anteriormente, abone al autor de la queja una cantidad equivalente a la reducción salarial operada indebidamente en su nómina como consecuencia de la incapacidad temporal padecida en el mes anterior.

EXP. 13/752

En relación con las cotizaciones a la Seguridad Social del personal a su servicio y, especialmente, a la incidencia en tales cotizaciones de la supresión de la paga extraordinaria de 2012:

  • Recordar al Departamento el deber legal de mantener la base de cotización a los empleados públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, en relación con la supresión de la paga extraordinaria de 2012.
  • Recomendar al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior que, aplicando tal criterio al caso del autor de la queja, regularice las cotizaciones practicadas en 2012 respecto al mismo, manteniendo la base consignada en sus nóminas de enero a noviembre de 2012.

EXP. 13/812

En relación con el complemento de exclusividad al promotor de la queja:

  • Recomendar al Departamento que reconozca al autor de la queja el complemento de dedicación exclusiva previsto por el artículo 3.1 del Decreto Foral 122/2008, de 15 de diciembre, que regula el régimen específico del personal adscrito a la Dirección General de Interior con puesto de trabajo de Conductor, al entender que ha operado el supuesto previsto en el artículo 4.2 de dicha norma.

EXP. 14/50

En relación con la implantación del nuevo servicio de ambulancia en el parque de bomberos de Iruñea-Trinitarios:

  • Recomendar al Departamento que garantice de forma inmediata que el personal que atiende el servicio de ambulancia del parque de bomberos de Trinitarios (Pamplona) posea el título de Técnico en Emergencias Sanitarias o que tenga un certificado de habilitación profesional para ello conforme a la normativa vigente.

EXP. 14/408

En relación con la aprobación de la Resolución 7/2104, de 2 de enero, del Director General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones en relación con el reingreso del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra tras una excedencia voluntaria sin reserva de plaza y los concursos de traslado:

  • Sugerir al Departamento que introduzca una modificación en la Resolución 7/2104, de 2 de enero, del Director General de Función Pública, que exprese que el reingreso de un funcionario excedente como contratado laboral a tiempo parcial constituye una facultad del empleado público y que no perjudicará su condición funcionarial, ni los derechos dimanantes de esta.

EXP. 14/498M

En relación con la imposibilidad de renunciar el promotor de la queja al puesto de conserje sin ser excluido de las listas de contratación, así como por la falta de elaboración de listas independientes de contratación para cada zona geográfica:

  • Sugerir al Departamento que, en el marco de los listados de aspirantes a la contratación temporal aprobado por la Resolución del Director General de Función Pública, admita la renuncia justificada del autor de la queja a la plaza de conserje en un instituto de educación secundaria, y, en consecuencia, el reingreso del interesado en el listado que corresponda.

EXP. 14/545

En relación con la aprobación de la Resolución 7/2104, de 2 de enero, del Director General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el reingreso del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra tras una excedencia voluntaria sin reserva de plaza y los concursos de traslado:

  • Sugerir al Departamento que introduzca una modificación en la Resolución 7/2104, de 2 de enero, del Director General de Función Pública, que exprese que el reingreso de un funcionario excedente como contratado laboral a tiempo parcial constituye una facultad del empleado público y que no perjudicará su condición funcionarial, ni los derechos dimanantes de esta.

EXP. 14/671

En relación con las condiciones de disfrute de la reducción de jornada por cuidado de hijos que tiene concedida la promotora de la queja:

  • Recomendar al Departamento que adopte las medidas oportunas para permitir que la autora de la queja pueda disfrutar de la reducción de jornada, por cuidado de hijos menores, en la forma solicitada.

EXP. 14/868

En relación con la posible vulneración del principio de publicidad en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 58 vacantes de los puestos de trabajo de grupo o nivel E al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

  • Recordar al Departamento su deber legal de, en los casos en que se le solicite información por esta institución con arreglo al artículo 24.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, suministrar toda aquella que permita a la institución foral realizar plenamente su función de supervisión de la actividad administrativa, entrando al fondo de las cuestiones planteadas en la queja.
  • Recomendar al Departamento que, en los procedimientos de ingreso o de provisión de puestos de trabajo que convoque y tramite, la determinación de los requisitos para acceder a todas las plazas convocadas quede fijada desde el momento inicial de aprobación de la convocatoria.

EXP. 14/874

En relación con la exclusión de la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes para el desempeño del puesto de trabajo de Psicólogo, mediante declaración de situación de servicios especiales para la formación, al no computarse el tiempo correspondiente a una excedencia especial por cuidado del hijo de la promotora de la queja:

  • Recomendar al Departamento que compute el tiempo correspondiente a la excedencia especial por cuidado de hijo que disfrutó la interesada, con los efectos que de ello se deriven.

Al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y Departamento de Salud

EXP. 14/610

En relación con la imposibilidad de ejercer el derecho de la promotora de la queja a promocionar al puesto de Auxiliar Administrativo:

  • Sugerir al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, que, en lo que respecta al ejercicio del derecho a la formación/promoción de los empleados de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, promueva una modificación de la actual separación de ámbitos orgánicos que se deriva de la legislación en materia de función pública.
  • Sugerir al Departamento de Salud (Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea) que apruebe una nueva convocatoria para la formación/promoción en el puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo.

Al Departamento de Educación

EXP. 13/787

En relación con el criterio seguido para la aplicación del Real Decreto 427/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas superiores de Música y de Danza, al considerar la autora de la queja, funcionaria del Departamento de Educación, que se le está discriminando indebidamente:

  • Sugerir al Departamento que, en relación con la aplicación del Real Decreto 472/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas superiores de Música y de Danza, estudie la situación de la plantilla del citado Cuerpo de Catedráticos, en función de las necesidades de docencia existentes.
  • Sugerir al Departamento que, a fin de garantizar en el mayor grado los principios de igualdad, mérito y capacidad, valore adoptar medidas para que todos los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas puedan optar a las comisiones de servicio que, en su caso, se otorguen.

EXP. 14/4

En relación con el artículo 22.9 del Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, que regula la jornada y horario del profesorado en centros docentes públicos, al considerar que de dicho precepto se derivan efectos discriminatorios para los Jefes de Departamento mayores de 58 años:

  • Recomendar al Departamento que adopte medidas para evitar, en relación con la reducción horaria por razón de edad prevista por el artículo 22.9 del Decreto Foral 225/1998, de 6 de julio, que regula la jornada y horario del profesorado en centros docentes públicos, la discriminación negativa de los Jefes de Departamento, estimando que tal discriminación concurre si, como consecuencia de su aplicación, se invierte la menor carga docente de esa categoría profesional respecto a otras, como la de Tutor ESO.
  • Sugerir al Departamento que estudie la posibilidad de establecer un sistema mediante el cual la carga relativa de docencia en el aula asignada a cada categoría profesional (Jefe de Departamento, Tutor ESO, Profesor), se mantenga aun en el caso de que se ejerza el derecho a la reducción de horas lectivas por razón de edad.

EXP. 14/21

En relación con la emisión incorrecta a la autora de la queja de su nómina de diciembre de 2013:

  • Recomendar al Departamento que proceda a regularizar la nómina del mes de diciembre de 2013 de la autora de la queja, computando, a todos los efectos, como efectivamente trabajados los días 6, 7 y 8 de diciembre de 2013.

EXP. 14/462

En relación con una resolución de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se desplaza a la promotora de la queja, por falta de carga lectiva durante el curso 2013-2014, adjudicándole destino en el colegio público de educación infantil y primaria “García Galdeano”, de Pamplona:

  • Recomendar al Departamento que revoque la adjudicación de destino en el colegio público de educación infantil y primaria “García de Galdeano” de Pamplona a la autora de la queja, devolviéndola a su centro de destino definitivo en el IES Julio Caro Baroja de Pamplona, sin perjuicio de acordar con la interesada otro destino que respete sus derechos funcionariales.

EXP. 14/510

En relación con la prohibición de utilizar el servicio de comedor de forma gratuita de una cuidadora de colegio público, como ha venido haciendo durante veintiocho años:

  • Recomendar al Departamento que, en relación con el personal cuidador, en la medida en que realice funciones de atención, acompañamiento y enseñanza a los alumnos en el comedor, mantenga el servicio gratuito de comedor.

EXP. 14/601

En relación con la exclusión de la promotora de la queja de la relación provisional de aspirantes incorporados a las listas generales de las especialidades de Educación Infantil y Educación Primaria:

  • Recomendar al Departamento que considere que la autora de la queja cumple los requisitos previstos en el artículo 12.1 del Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo correspondientes a los Cuerpos de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y, por tanto, que le incorpore a los listados de aspirantes a la contratación en Educación Infantil y en Educación Primaria, con la posición que se deriva de la experiencia que acredita .

EXP. 14/616 y 14/635

En relación con la disconformidad de los promotores de las quejas con lo establecido en el Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril, en referencia a la gestión de las listas de contratación para impartir clases en inglés:

  • Sugerir al Departamento que, en lo que respecta a la cobertura de plazas en los programas de aprendizaje de idiomas en Educación Primaria, adopte medidas para que el colectivo de docentes con la especialidad de inglés (o del idioma extranjero de que se trate) se integre con el resto de aspirantes de las distintas especialidades a la contratación en igualdad de condiciones o de oportunidades para el llamamiento, promoviendo, si fuera, preciso una modificación del Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril, en lo que atañe a este concreto aspecto.

EXP. 14/643

En relación con la duración del contrato de la promotora de la queja suscrito como Profesora de Música y Artes Escénicas, especialidad Violín/Castellano, en un Conservatorio Profesional de Música:

  • Recomendar al Departamento que, en relación con la contratación objeto de queja, adopte medidas para que el término final sea el de 31 de agosto de 2014, al igual que en el caso de la adjudicación inicial de la plaza para el curso 2013/2014.

EXP. 14/674

En relación con una resolución de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento, por la que se resuelve el contrato administrativo como Maestro, en la especialidad de inglés, con destino en un Colegio Público de Educación Infantil y Primaria de Pamplona, y se le excluye de todas las listas de aspirantes a la contratación temporal en las que figura:

  • Recomendar al Departamento que revoque y deje sin efecto, por gravosa y lesiva de derechos, la citada resolución objeto de queja.

EXP. 14/708 y 14/709

En relación con la falta de contestación a la reclamación que se presentó frente a una resolución del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueban y se hacen públicas las listas provisionales de aspirantes a la contratación temporal de puestos de trabajo correspondientes a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Música y Artes Escénicas, vigentes para el curso académico 2014-2015:

  • Recomendar al Departamento que notifique personalmente a la interesada la resolución adoptada en relación con su reclamación frente a la resolución del Servicio de Recursos Humanos del Departamento.

EXP. 14/768

En relación con la falta de respuesta ante una solicitud de reconocimiento de las retribuciones por grado y ayuda familiar al profesorado contratado administrativo:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver expresamente las solicitudes o reclamaciones que le formulen los ciudadanos y, en particular, la presentada por el sindicato autor de la queja.

EXP. 14/769

En relación con la falta de respuesta ante una solicitud de reconocimiento de la retribución salarial por antigüedad (trienios) al profesorado de religión con contrato temporal:

  • Recordar al Departamento el deber legal de resolver expresamente las solicitudes o reclamaciones que le formulen los ciudadanos y, en particular, la presentada por el sindicato autor de la queja.
  • Recomendar al Departamento que abone de oficio al profesorado de religión contratado temporal la retribución por antigüedad correspondiente, con los efectos económicos no prescritos.

EXP. 14/811

En relación con el impago de una ayuda familiar según una resolución de la Dirección General de Recursos Educativos, por la que se estima parcialmente su solicitud de abono de la ayuda familiar por hijos:

  • Recomendar al Departamento que reconozca la ayuda familiar solicitada por la autora de la queja.

14/826

En relación con la falta de abono del tiempo trabajado en los colegios públicos:

  • Recomendar al Departamento que abone el trabajo desempeñado por la promotora de la queja como profesora de religión en los colegios públicos en los que ha trabajado.

EXP. 14/926

En relación con la denegación de su solicitud de que le oferten puestos de trabajo cercanos a su domicilio, debido a su enfermedad:

  • Sugerir al Departamento que valore la posibilidad de reubicar al autor de la queja en una plaza de Conserje ubicada más próxima a su domicilio, habida cuenta de la enfermedad que padece y de las limitaciones reconocidas para conducir.

EXP. 14/961

En relación con la compensación por itinerancias que le ha sido aplicada a la promotora de la queja como profesora de Educación Secundaria:

  • Sugerir al Departamento que valore la posibilidad de establecer una escala de compensaciones horarias por itinerancias específica para la especialidad de Orientación.
  • Sugerir al Departamento que, en el caso concreto que se suscita, tomando el horario que corresponda a la interesada como Orientadora, se le reconozca una reducción horaria proporcional a aquella que, en función del kilometraje que realiza, hubiera correspondido de estar sometida al régimen horario ordinario del profesorado.

Al Departamento de Salud

EXP. 13/620

En relación con la adscripción a las unidades de la Sección de Seguridad Alimentaria del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, de los puestos de trabajo de Inspector de salud Pública (Veterinario) que obtuvieron plaza en el procedimiento de movilidad interna resuelto mediante Resolución 110/2013, de 23 de abril, adscripción realizada el 2 de mayo de 2013 por el Jefe de la referida Sección:

  • Recomendar al Departamento que inste a la Sección de Seguridad Alimentaria del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra la realización de una nueva adscripción a los puesto de trabajo de las unidades en las que se estructura la Sección, respetando y haciendo efectivo el derecho de la autora de la queja en los términos previstos en la normativa aplicable a la elección del puesto de trabajo de entre los que se hallaban vacantes el 2 de mayo de 2013.

EXP. 13/756

En relación con las nuevas funciones asignadas, de forma verbal, al personal de admisión del centro San Martín, en Pamplona:

  • Recomendar al Departamento de Salud que, en los casos de ausencias surgidas en centros sanitarios de San Martín y otros similares:
    1. Las sustituciones se decidan bajo la responsabilidad del órgano competente para ello, sin perjuicio de la delegación del ejercicio de las funciones conforme a lo previsto en las leyes, y conforme a un protocolo establecido al efecto, y
    2. que la decisión que se adopte se comunique, por quien corresponda, a la persona que cubra la ausencia mediante un procedimiento que deje constancia escrita de tal notificación, sin perjuicio, en los casos de urgencia, de utilizar la forma verbal y, posteriormente, constatar el aviso por escrito, pudiendo emplearse en todos los casos los medios de comunicación que la tecnología pone al servicio de los agentes y operadores (correos electrónicos, mensajes por sms, whatsap…).

EXP. 14/3

En relación con la liquidación practicada con ocasión de la extinción de su contrato, por el impago de horas de vacaciones devengadas y no disfrutadas por razón de enfermedad:

  • Recomendar al Departamento que abone a la autora de la queja la cantidad correspondiente a las vacaciones devengadas, y no disfrutadas por causa de incapacidad temporal, en relación con el contrato de sustitución suscrito entre las partes y extinguido el 24 de septiembre de 2013; o, alternativamente, si así lo acordaran ambas partes, que dicho derecho se satisfaga mediante concesión de los días adicionales que correspondan en el marco de la posterior y vigente relación contractual, si todavía fuera posible.

EXP.14/6

En relación con la rescisión de su contrato de su puesto de trabajo como enfermera:

  • Recomendar al Departamento de Salud que disponga la continuidad del contrato de sustitución suscrito por la autora de la queja para cubrir la reducción de jornada de que disfruta la señora [..], al no haberse acreditado la concurrencia de causa extintiva.

EXP. 14/22

En relación con el cálculo del tiempo de vacaciones y asuntos propios concedidos en 2013:

  • Recomendar al Departamento que reconozca al autor de la queja su derecho a las vacaciones y al permiso retribuido por asuntos particulares en función del tiempo de duración de su relación de servicio, estimando que este concepto se refiere al tiempo durante el que su vínculo contractual permanece vigente, y no a las horas de prestación.

EXP. 14/332, 14/333, 14/336, 14/341, 14/342, 14/343, 14/344, 14/345, 14/346, 14/347, 14/352 y 14/358

En relación con el pago del complemento de especial riesgo:

  • Recomendar al Departamento que, sin perjuicio de la modificación de la estructura orgánica del Hospital Reina Sofía que anuncia, abone con efecto inmediato a los funcionarios autores de las quejas el complemento de especial riesgo por el importe del 2% del sueldo inicial del nivel correspondiente, por ser el debido con arreglo al desempeño de sus funciones.

EXP. 14/350M

En relación con la denegación de una comisión de servicios que solicitó al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

  • Sugerir al Servicio de Salud-Osasunbidea que, estudiando el estado de cobertura de los puestos de trabajo de Telefonista de su plantilla orgánica, adscriba a la autora de la queja a una plaza vacante que favorezca su derecho a conciliar la vida laboral y familiar.

EXP. 14/418

En relación con no haber contestado a la solicitud de regularización de las cotizaciones por los servicios prestados de la promotora de la queja:

  • Recordar al Departamento y a su organismo autónomo adscrito su deber legal de resolver la solicitud presentada por la promotora de la queja ante el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de regularización de las cotizaciones por los servicios prestados.
  • Recomendar al Departamento que, en la resolución que se emita en respuesta a dicha solicitud, se entre a valorar expresamente la petición de regularización de cotizaciones de la interesada, en función de los periodos de ausencia de cotización que alega, y que practique la regularización solicitada o, en su defecto, explique las razones de fondo que motivarían la negativa a practicarla.

EXP. 14/468M

En relación con la denegación de una solicitud de reducción de jornada:

  • Sugerir al Departamento que conceda a la autora de la queja la reducción de jornada solicitada, mediante la acumulación horaria en jornadas completas, para facilitarle la conciliación de la vida laboral y familiar.

EXP. 14/472

En relación con el nombramiento de una persona contratada administrativa como Directora de la Zona Básica de una población Navarra sin seguir el procedimiento legalmente establecido:

  • Recomendar al Departamento que proceda a la cobertura del puesto de Director del Equipo de Atención Primaria de dicha población, a través del correspondiente procedimiento regido por los principios de mérito y capacidad, y por medio de personal de plantilla.

EXP. 14/511

En relación con la falta de reconocimiento del derecho al complemento de especial riesgo por exposición a riesgos biológicos durante el periodo comprendido entre el 24 de febrero de 2010 y el 31 de octubre de 2011, de la promotora de la queja:

  • Recomendar al Departamento que reconozca y abone a la persona promotora de la queja el complemento de especial de riesgo por exposición a riesgos biológicos desde el 24 de febrero de 2010 al 31 de octubre de 2011.

EXP. 14/664

En relación con el acto de no proporcionar a la promotora de la queja una copia de su expediente académico completo, correspondiente a sus estudios como MIR en la especialidad de Medicina del Trabajo:

  • Recomendar al Departamento que dé a la autora de la queja acceso lo antes posible al expediente solicitado por ella, correspondiente al periodo en que cursó el MIR y a las evaluaciones sobre su desempeño, y a toda la documentación que lo integre.

EXP. 14/677

En relación con la no percepción del adelanto de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2014, tras haber permanecido en situación de excedencia especial por cuidado de hijo:

  • Recomendar al Departamento que reconozca el derecho del autor de la queja al abono anticipado de la paga extraordinaria de diciembre de 2014, y que, de ser todavía del interés de este, proceda al pago con carácter inmediato.

EXP. 14/765

En relación con la falta de consulta a los sindicatos y la falta de transparencia en el proceso de elección de plazas derivado de la unificación del Servicio de Urgencias:

  • Sugerir al Departamento que, en los casos de procesos de reorganización administrativa que conlleven una elección de plazas o turnos por parte de los empleados públicos adscritos a las unidades orgánicas afectadas, apruebe y publique la correspondiente convocatoria donde se fijen los criterios objetivos a observar en la elección, las fechas de la misma, y demás elementos propios de un procedimiento de esta naturaleza, con participación de la representación del personal afectado.

Al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y Departamento de Salud

EXP. 14/567

En relación con la falta de contestación al recurso de alzada interpuesto contra la resolución que le deniega la concesión de una licencia retribuida por cuidado de hijo:

  • Recordar al Departamento de Salud y al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, del Gobierno de Navarra, su deber legal, respectivamente, de tramitar los recursos de alzada en materia de personal, y de resolverlos y de notificar las decisiones adoptadas, dentro del plazo máximo de tres meses previsto legalmente.
  • Sugerir que, a la vista de las especiales circunstancias de la queja, se conceda a la promotora de la queja la licencia retribuida por cuidado de hijo menor de edad.

Al Ayuntamiento de Barañáin

EXP. 14/506

En relación con no abonarle al promotor de la queja la paga compensatoria por los días festivos y nocturnos correspondientes a 2013, al prestar sus servicios como funcionario en prácticas:

  • Recomendar al Ayuntamiento que abone al autor de la queja la compensación que corresponda por la prestación del servicio en 2013, como funcionario en prácticas, en días festivos y en horario nocturno.

Al Ayuntamiento de Burlada

  • Recordar al Ayuntamiento su deber legal de resolver la solicitud presentada por el promotor de la queja y de notificarle la resolución dictada.

Al Ayuntamiento de Pamplona

EXP. 14/821

En relación con la denegación de la excedencia voluntaria que había solicitado la promotora de la queja:

  • Recomendar al Ayuntamiento que reconozca el derecho a la excedencia voluntaria solicitado por la autora de la queja.

Al Ayuntamiento de Lumbier

EXP. 14/422

En relación con la disconformidad con las funciones realizadas en su puesto de trabajo del promotor de la queja, no ajustándose estas a las del trabajo suscrito en el contrato, y por el no abono de complementos salariales que entendía le correspondían:

  • Recordar al Ayuntamiento de Lumbier su deber legal de colaborar de forma preferente y urgente con el Defensor del Pueblo de Navarra en los plazos establecidos en la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de Navarra.
  • Recomendar al Ayuntamiento que reconozca el derecho de la autora de la queja, como trabajadora del Ayuntamiento, a percibir la antigüedad que le corresponde, abonándosela con efectos retroactivos, así como el derecho a percibir las horas extraordinarias que realice o haya realizado.

A la Mancomunidad de Servicios Sociales de San Adrián, Azagra, Andosilla y Cárcar

EXP. 14/382

En relación con el acuerdo de anulación de la aprobación inicial de la plantilla orgánica de 2014, por haberse dictado sin seguir el procedimiento legalmente establecido y sin garantizar la audiencia de los interesados:

  • Recordar a la Mancomunidad el deber legal de oír a los interesados en los procedimientos administrativos que tramite, incluidos los procedimientos revisores de actos emitidos, con carácter previo a la adopción de la decisión que proceda.
  • Recomendar a la Mancomunidad que, en referencia al expediente de anulación de la plantilla orgánica de 2014, adopte las medidas pertinentes para retrotraer el procedimiento al momento previo a la decisión y que, antes de resolver sobre el asunto, se dé un trámite de audiencia y alegaciones a los interesados.

Al Ayuntamiento de Cabanillas

EXP. 14/390

En relación con la denegación de unos informes jurídicos en los que se hace referencia a los promotores de la queja:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de facilitar el derecho de los ciudadanos a acceder a aquella información o documentación municipal que les aluda personalmente o que contenga valoraciones de ellos.
  • Recomendar al Ayuntamiento que reconozca el derecho de los autores de la queja al acceso a los informes solicitados, elaborados por el Secretario municipal y dirigidos al Alcalde, en los que se les cita o valora su desempeño profesional.

Al Ayuntamiento de Puente la Reina

EXP. 14/722

En relación con la falta de contestación a una solicitud de documentación de un expediente administrativo:

  • Recomendar al Ayuntamiento que facilite al autor de la queja una copia de la documentación solicitada en su instancia (informes relativos al Acuerdo que cita, sobre régimen del personal municipal).

Al Ayuntamiento de Berrioplano

EXP. 14/469

En relación con la inejecución de una resolución del Tribunal Administrativo de Navarra, estimatoria de un recurso de alzada que interpuso frente al Ayuntamiento:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de ejecutar las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, a raíz del recurso interpuesto por el autor de la queja contra la inactividad del Ayuntamiento en la convocatoria de los procesos de provisión de las plazas incluidas en la oferta de empleo, mediante la que se declara la obligación del citado Ayuntamiento de aprobar esas convocatorias.

A la Universidad Pública de Navarra

EXP. 14/519

En relación con el impago de varias pagas extraordinarias a un profesor asociado:

  • Recomendar a la Universidad que abone al autor de la queja, funcionario de un Ayuntamiento, las pagas extraordinarias que correspondan a su prestación de servicios como profesor asociado.

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