Euskara
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Al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior
EXP. 13/794
En relación con las convocatorias de los puestos de trabajo de Técnico de Hacienda y Gestor e Investigador Auxiliar de Hacienda por la falta de valoración del conocimiento de euskera:
- Recomendar al Departamento que adopte las medidas oportunas para que, en las convocatorias de ingreso en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos públicos, no se valore más el conocimiento del idioma inglés o de cualquier otra lengua extranjera que el conocimiento del euskera, dado el carácter de lengua propia de Navarra y parcialmente cooficial de esta última, salvo en aquellos casos justificados de puestos de trabajo concretos que, por su especial relación con los ciudadanos de otros países, sea imprescindible conocer para su desempeño la lengua extranjera de que se trate.
Al Departamento de Salud
EXP. 14/56
En relación con la cobertura del puesto de trabajo de enfermería que presta servicio a una población en zona vascófona, por la falta de garantía del derecho de los ciudadanos vascoparlantes a ser atendidos en euskera:
- Recomendar al Departamento que adopte las medidas necesarias para que los ciudadanos de Basaburua que se dirijan en euskera, en sus relaciones orales o escritas, al personal de la Zona Básica de Salud de Ultzama, puedan ser atendidos en euskera cuando en el momento de la atención sanitaria elijan esta lengua (oficial en su municipio y propia de Navarra), destinando dicho Departamento a esta zona básica de salud el personal que esté capacitado en el uso del euskera para prestar servicios a la población vascoparlante, promoviendo para ello la modificación debida, si fuera necesario, del reglamento o de la plantilla orgánica correspondiente.
Al Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua
EXP. 14/623
En relación con la exclusión de su hijo de un campamento de verano promovido por el Ayuntamiento:
- Sugerir al Ayuntamiento que, con vistas a próximas ediciones del programa “Udal Euskaraz”, a efectos de admisión de los interesados y de acreditación del grado de conocimiento o dominio de euskera, valore realizar una prueba de nivel igual para todos los solicitantes.
Al Ayuntamiento de Pamplona
EXP. 14/706
En relación con una vulneración de la ordenanza municipal reguladora de la utilización y del fomento del vascuence:
- Recordar al Ayuntamiento el deber legal de atenerse a la regla de identidad de tratamiento de euskera y castellano que establece la disposición adicional segunda de la ordenanza reguladora de la utilización y del fomento del euskera, y recomendarle que, con vistas a las próximas fiestas de San Fermín, vele por que los carteles dispuestos se adapten a dicha regla.
Al Departamento de Fomento
EXP. 14/825
En relación con la rotulación de varios carteles dispuestos en la entrada a Pamplona, por cuanto solo figura la referencia a Pamplona, así como a la falta de resolución de una solicitud presentada sobre este asunto por el promotor de la queja:
- Recomendar al Departamento que, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley Foral del Vascuence, adopte las medidas necesarias para que, a la mayor brevedad, se corrija el contenido de los rótulos que se citan en la queja, a fin de que las referencias a la capital de la Comunidad Foral de Navarra se hagan en las denominaciones oficiales a todos los efectos de Pamplona e Iruña, conjuntamente, y no solo de Pamplona.