Etxebizitza
Hirigintza eta Etxebizitza
Al Departamento de Fomento
EXP. 13/707M
En relación con las dificultades que la persona promotora de la queja estaba teniendo para acceder a una vivienda de protección oficial en régimen de alquiler con opción de compra:
- Sugerir al Departamento que realice, bien directamente, bien a través de la sociedad pública Nasuvinsa, las gestiones oportunas que permitan lo antes posible la adjudicación de una vivienda protegida en régimen de alquiler (u otra modalidad que satisfaga su necesidad de vivienda) a la promotora de la queja dadas sus circunstanciales singulares de víctima de violencia de género y de tener a su cargo un niño de diez años de edad, y de que próximamente deberá abandonar el domicilio donde reside en cumplimiento de una resolución judicial.
EXP. 13/776
En relación con la compra a Nasuvinsa de una vivienda protegida y de los desperfectos hallados en ella:
- Recomendar al Departamento de Fomento (y a su través, a la sociedad pública Nasuvinsa, dependiente del mismo) que, en relación con la compraventa de la vivienda aludida en la queja, atienda la reclamación de desperfectos formulada por la interesada y, en consecuencia, proceda a su reparación.
EXP. 13/783
En relación con la denegación de una subvención de arrendamiento de vivienda protegida por no alcanzar los ingresos mínimos de 3.000 euros:
- Recomendar al Departamento que otorgue al autor de la queja, solicitante de una subvención al arrendamiento de una vivienda protegida, dicha ayuda económica por tratarse de una persona en situación vulnerable y desfavorecida social y económicamente, con el fin de que pueda ejercer su derecho de acceso a una vivienda digna y adecuada que le garantiza la Constitución. Para ello, se sugiere que, obviando interpretaciones rígidas, se tengan en cuenta en este caso las cantidades legalmente donadas en los años 2011 y 2012 al interesado como ingresos indicadores de su capacidad económica, de forma que le permitan tener acceso a las subvenciones de alquiler de vivienda de protección oficial.
- Sugerir al Departamento que estudie y adopte medidas que, en relación con la concesión de subvenciones para el alquiler de viviendas protegidas, corrijan las consecuencias de aplicar por sí sola la regla de cómputo de ingresos que determina el vigente artículo 7 del Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, completándola o sustituyéndola por la referencia al indicador de la capacidad económica que acredite el solicitante.
EXP. 13/816
En relación con un requerimiento injustificado de documentación para poder obtener la cédula de habitabilidad de una vivienda de su propiedad:
- Recomendar al Departamento que, reconociendo su responsabilidad patrimonial, indemnice a la autora de la queja por los daños ocasionados por el requerimiento indebido que se le dirigió tras su solicitud de la cédula de habitabilidad, abonándole los gastos en que incurrió para atenderlo.
EXP. 14/34
En relación con las dificultades que tiene el promotor de la queja para obtener una vivienda de protección social acorde a sus ingresos, así como por la disconformidad con el trato que ha recibido del personal de Nasuvinsa:
- Recordar al Departamento y a Nasuvinsa, con carácter general, el deber legal de tratar con respeto y deferencia a los ciudadanos, facilitándoles la información que soliciten, así como el pleno ejercicio de sus derechos.
EXP. 14/306
En relación con un procedimiento de adjudicación de vivienda protegida:
- Recordar al Departamento su deber legal de remitirse al documento de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de realizar la oportuna comprobación del cumplimiento de los requisitos económicos de los adjudicatarios de vivienda protegida, mientras la Hacienda Tributaria de Navarra no haya realizado las oportunas revisiones.
EXP. 14/328
En relación con la imposibilidad de acceder a una vivienda protegida en régimen de alquiler social:
- Sugerir al Departamento que posibilite la excepción del requisito de carecer de deudas con la Hacienda Tributaria de Navarra para el acceso a las ayudas económicas en materia de vivienda de alquiler social a aquellos deudores hipotecarios que se han quedado sin vivienda, sin perjuicio de extender esta exención a otros colectivos sociales necesitados de vivienda en régimen de alquiler social.
EXP. 14/419
En relación con la falta de contestación a una solicitud de cédula de habitabilidad:
- Recomendar al Departamento que, de acuerdo con el artículo 1, apartado segundo, del Anexo I del precitado Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra, proceda a renovar, sin más dilación, la cédula de habitabilidad de la vivienda a la que se refiere la queja, adoptando para ello las medidas oportunas, entre ellas, la revocación de la denegación dispuesta.
EXP. 14/443
En relación con el aumento del precio del alquiler de una vivienda del Gobierno de Navarra y la imposibilidad de asumirlo al encontrarse en situación de desempleo:
- Sugerir al Departamento que revise de nuevo la situación económica de esta unidad familiar y valore otorgarle la subvención para el alquiler de la vivienda que venía percibiendo hasta el mes de diciembre de 2013, vistas las actuales circunstancias de la unidad familiar, compuesta por cuatro personas, entre ellas dos menores de edad, y que próximamente el criterio por el que se le ha denegado la subvención va ser modificado.
EXP. 14/496
En relación con la denegación de una subvención para el arrendamiento de una vivienda de protección oficial, por no encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones:
- Sugerir al Departamento que, en coordinación con el Departamento de Políticas Sociales o el servicio social de base que le competa, tenga en consideración la situación de insolvencia económica de la unidad familiar de la promotora de la queja, y sin perjuicio de las ayudas de emergencia que se puedan conceder, establezca un plan de pago de las rentas impagadas, y valore otorgar la subvención para el alquiler de la vivienda que le pudiera corresponder, vistas las actuales circunstancias de la unidad familiar, compuesta por seis personas, entre ellas tres menores de edad.
EXP. 14/502
En relación con la sustracción y retirada por la empresa Nasuvinsa, sin su autorización, de todos los bienes del trastero del promotor de la queja, como consecuencia de las obras de rehabilitación llevadas a cabo en los trasteros y garajes del edificio:
- Sugerir al Departamento (Nasuvinsa) que, cuando deba realizar obras de rehabilitación en garajes y trasteros que pudieran afectar a bienes de los inquilinos, y observe que lo manifestado previamente por ellos no concuerda con los hechos posteriores, realice comprobaciones adicionales con el fin de cerciorarse acerca de la verdadera voluntad de los inquilinos.
- Recomendar a Departamento (Nasuvinsa) que, en el caso de la queja, ofrezca una indemnización compensatoria al inquilino, correspondiente a la pérdida de sus bienes.
EXP. 14/590
En relación con la denegación de la autorización de la firma de un contrato de adquisición de vivienda protegida:
- Recomendar al Departamento que autorice la firma del contrato de adquisición de vivienda protegida al promotor de la queja.
EXP. 14/611
En relación con la exigencia de la devolución de una subvención concedida al promotor de la queja para la compraventa de una vivienda protegida:
- Recomendar al Departamento que, en relación con el reintegro de la subvención concedida al autor de la queja, minore la cuantía exigida, en lo correspondiente a los intereses de demora cargados sobre el importe principal.
EXP. 14/618M
En relación con el incremento del precio del alquiler de la vivienda de protección oficial donde reside el hermano de la promotora de la queja, a pesar de tener menores ingresos económicos:
- Sugerir al Departamento que, en coordinación con el Departamento de Políticas Sociales o el servicio social de base que le competa, compruebe los actuales ingresos del hermano de la promotora de la queja y valore otorgarle la subvención para el alquiler de la vivienda que venía percibiendo hasta el mes de marzo de 2014.
EXP. 14/633
En relación con la denegación de una cédula de habitabilidad:
- Recomendar al Departamento que otorgue la cédula de habitabilidad solicitada por la autora de la queja, al haberse obtenido por silencio administrativo positivo, y, en su defecto, que reconsidere la decisión adoptada y que valore la concesión conforme a las condiciones que exige el Anexo I del Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, al no tratarse de una vivienda nueva.
EXP. 14/682
En relación con la denegación al promotor de la queja de su petición de que Nasuvinsa adapte la vivienda a su discapacidad física:
- Recomendar al Departamento (Nasuvinsa) que dé cumplimiento efectivo a las adaptaciones a las que se obligó en un documento de 2010 y a las que sean necesarias para adaptar de forma completa la vivienda a las necesidades derivadas de la discapacidad física del autor de la queja.
EXP. 14/715
En relación con la denegación de una subvención para la adquisición de una vivienda protegida y la errónea información que se le había proporcionado sobre este asunto:
- Recordar al Departamento el deber legal de proporcionar a los ciudadanos que lo soliciten información clara, comprensible y suficiente, referente a los requisitos de acceso a las viviendas protegidas y a la obtención de subvenciones destinadas a la adquisición.
- Sugerir al Departamento que, en colaboración con la promotora de la vivienda a que se refiere la queja, propicie una solución consensuada con la interesada, que le permita disfrutar de una vivienda protegida en condiciones asumibles (acceso a otra vivienda en alquiler, cambio de régimen de la adquirida, etcétera).
EXP. 14/720M
En relación con las dificultades que padece para acceder a una vivienda adecuada a las necesidades de su familia:
- Sugerir a Nasuvinsa que valore expresamente la posibilidad de transmitir al autor de la queja, mediante arrendamiento con opción de compra, la vivienda que solicita, estimando que tal solución puede conciliar el derecho de los interesados y el interés general.
EXP. 14/898M
En relación con el inicio del procedimiento de suspensión del derecho a la renta básica de emancipación:
- Sugerir al Departamento que archive las actuaciones tendentes al reintegro de la renta básica de emancipación percibida por el autor de la queja en 2011.
EXP. 14/951
En relación con la denegación de la autorización de firma para acceder a una vivienda protegida adjudicada:
- Sugerir al Departamento que adopte las medidas precisas para que, en el marco del proceso de adjudicación de vivienda protegida a que se refiere el autor de la queja, se recalcule la puntuación que a este corresponde, sin excluirle del proceso, con los efectos que de ello se deriven.
AO14/11
En relación con el elevado número de desahucios de personas y familias por la imposibilidad de estas de hacer frente al pago de los recibos mensuales del alquiler social:
- Sugerir al Departamento que apruebe y ponga en marcha lo antes posible un régimen especial de ayudas al precio del alquiler a las personas y familias arrendatarias o que precisen de un piso en alquiler cuando estas cuenten con escasos ingresos y tengan a su cargo uno o más menores de edad.
- Sugerir que estudie la articulación de una ayuda mensual al pago del precio del alquiler, abonada al propietario arrendador, durante dos años prorrogables a la vista de las circunstancias de la familia, en un porcentaje del 90% y con una cuantía máxima al mes de, por ejemplo, 400 euros (sin perjuicio de otra cifra que estime más acertada), para el caso de personas o familias cuyos ingresos mensuales sean inferiores a dos veces el salario mínimo interprofesional y tengan a su cargo un hijo menor de edad o una persona discapacitada o sometida a su guardia o custodia.
J14/15
En relación con la conveniencia de modificar la normativa que disciplina el alquiler de viviendas protegidas y las subvenciones para su pago:
- Sugerir al Departamento que continúe impulsando medidas que contribuyan a garantizar el derecho constitucional al disfrute de una vivienda digna y adecuada por parte de los ciudadanos, y, en concreto, las que favorezcan el acceso o permanencia en alquileres protegidos, pudiendo ser tales medidas la minoración del precio de renta, la modificación de los umbrales de renta considerados a efectos de subvenciones públicas, la valoración actualizada de las circunstancias económicas de las unidades familiares, la valoración de las circunstancias específicas de los solicitantes, u otras medidas orientadas a la misma finalidad.
Al Ayuntamiento de Burlada
EXP. 14/392M
En relación con la renta de alquiler que ha de abonar el promotor de la queja:
- Sugerir al Ayuntamiento que valore, siquiera transitoriamente, minorar el precio de renta cobrado por el alquiler de la vivienda en que reside la familia de la autora de la queja, de forma que la carga económica para la misma se mantenga en los mismos términos que los habidos hasta la última revisión anual.
Al Ayuntamiento de Pamplona
EXP. 13/670
En relación con la situación de mala convivencia social que padece en su bloque de viviendas:
- Recomendar al Ayuntamiento que, lo antes posible, intensifique las medidas adoptadas y diseñe e implemente en lo necesario nuevas medidas y actuaciones, al objeto de restablecer y mantener una adecuada convivencia vecinal en los bloques de viviendas en donde vive la autora de la queja.
EXP. 14/626
En relación con el requerimiento a la promotora de la queja del pago de desperfectos, rentas y gastos de comunidad adeudados, cursado con ocasión de la extinción de un contrato de alquiler de una vivienda de propiedad municipal:
- Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la reclamación de cantidad objeto de queja, en la parte referente a los desperfectos apreciados en la vivienda arrendada, por no haberse garantizado el principio de contradicción con los interesados en el momento y lugar oportunos.
J14/2
En relación con el trato dispensado a la persona autora de la queja en las oficinas de Nasuvinsa por las personas que se ocupan de la gestión del censo de solicitantes de vivienda protegida:
- Recordar a la unidad correspondiente de Nasuvinsa el deber legal de dispensar un trato correcto y esmerado a los ciudadanos usuarios del servicio prestado por dicha entidad pública, como ordenan las leyes que disciplinan el actuar de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos dependientes.