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Gaia: El reiterado incumplimiento de la normativa que regula la tenencia de animales en el barrio de Mendillorri.
Alcalde de Pamplona / Iruña
Señor Alcalde:
1. El 4 de septiembre de 2024 esta institución recibió una queja de la señora doña (…) por la inactividad de la Policía Municipal de Pamplona/Iruña ante el reiterado incumplimiento de la normativa que regula la tenencia de animales en el barrio de Mendillorri.
En dicho escrito, exponía que:
“Desde hace al menos dos años, tengo el problema de poder salir de mi portal con mi perrita (atada). Aun no siendo una zona de esparcimiento canino el área de mi domicilio, varias personas, siempre las mismas, 4 o 5 como mínimo, van con sus perros sueltos y se sientan en los bancos aledaños y sus perros nos vienen a atacar en cuanto oyen la puerta del portal. Normalmente este hecho tiene lugar entre 19:30 y 21:45. Hasta en tres ocasiones han llegado a la misma puerta del portal sin yo poder salir o entrar.
He recurrido a llamar a policía municipal en varias ocasiones, he realizado escritos a la policía municipal de barrio y me he personado en las dependencias de policía municipal de Pamplona la semana pasada. Una de las veces que llamé por teléfono, la agente puso en duda la situación: me preguntó si eran muchos perros (tono sarcástico), si estaba segura que no era un área ZEC, si había intentado hablar con ellos... Yo creo que para llegar a la situación de tener que llamar a la policía todo ese tipo de preguntas sobra. Me suelen contestar que todos los efectivos están ocupados, que cuando alguno quede libre que irán, valorando otras emergencias. A pesar de que esta gente se pega debajo de mi casa al menos dos horas, nunca los he visto aparecer.
Cuando me personé en las dependencias de policía municipal de Pamplona, en m° de Irache, el día 29 de agosto entre 6:30 y 7 a.m., el agente que me atendió también hizo de menos la situación. No quiso que pusiera queja o denuncia. Todo el rato me contestaba, en bucle: - llama a la policía cuando te ocurra (cortina de niebla). En ocasiones no me dejaba ni contar lo sucedido. Como se trata de una falta administrativa no se puede hacer más, me repetía también, empatía cero. Y por supuesto en el caso de que, si mi perra al verse agredida se defendiera mordiendo, que además de que los otros van sueltos, la culpa será mía.
¿Por qué yo que cumplo con la ordenanza de llevar los perros atados tengo la vida condicionada por una serie de personas que se sabe impune frente a la policía? En el mejor de los casos si viene la policía es tarde, y además de uniforme con lo cual ya si los ven reaccionan y los atan. Ruego se atienda mi petición y se tomen de una vez medidas, cámaras, vigilancia de paisano...
Hay gente que tiene miedo a los perros y no puede pasear tranquilamente. Pero caso un vecino de tuvo que "quitar" el perro por verse en mis mismas circunstancias. Viene gente de Mutilva porque saben que en Mendillorri no pasa nada por dejar al perro suelto. Está el césped lleno de agujeros de escarbamientos y algunas que otras heces ¿Por qué en Mutilva y en Zizur Mayor, por ejemplo, se cumple a rajatabla esta normativa y en Mendillorri no? Tengo fotos, vídeos y los emails que he escrito con múltiples quejas. Le ruego por favor que interceda por mí y pueda salir de casa y pasear con mi perrita como una persona normal y que esta situación no llegue a mayores”.
2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.
En respuesta a la petición, el Ayuntamiento ha remitido sendos informes de la Brigada de Proximidad y de Policía Comunitaria, en los que se relatan diversas intervenciones llevadas a cabo en la zona a la que se refiere la queja y sobre la problemática a la que se alude (desde 2022 hasta 2024).
3. Esta institución, a la vista de lo expuesto por la autora de la queja y de lo informado por el Ayuntamiento, ve pertinente sugerir a este que intensifique la labor de control o vigilancia del cumplimiento de la normativa de tenencia de animales a la que se alude.
Según apreciamos, más allá de que se realicen algunas actuaciones municipales, el relato de la interesada es detallado (en horario y ubicación) y verosímil, apuntando a que hay algunos propietarios de animales que incumplen de manera sistemática y reiterada la obligación de llevar atados a sus perros, generando algún episodio de riesgo o la imposibilidad de que otros puedan también disfrutar del entorno y de sus animales.
Por otro lado, a la vista de la información proporcionada, se comprueba que la última denuncia registrada es del mes de marzo de 2024, esto es, hace más e medio año, lo que puede ser también indiciario de la necesidad de intensificar el control.
4. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:
Sugerir al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña que intensifique la vigilancia y control de la zona de Mendillorri a que se refiere la queja, particularmente en los horarios a que se alude, velando por que se cumpla con la obligación de que los perros vayan atados.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2024 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Patxi Vera Donazar
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