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Hezkuntza eta Irakaskuntza
Gaia: La insuficiencia de plazas en la Escuela Infantil de Zizur Mayor/Zizur Nagusia.
Alcalde de Zizur Mayor-Zizur Nagusia
Señor Alcalde:
1. El 6 de junio de 2024 esta institución recibió un escrito de la señora doña (…) mediante el que formulaba una queja por no haber obtenido plaza en la escuela infantil pública de la localidad de Zizur Mayor/Zizur Nagusia y por la ausencia de ayudas económicas para paliar dicha situación.
En dicho escrito exponía lo siguiente:
“Somos una de las casi 100 familias (en nuestro caso Zizurtarras desde hace 10 años) que se han quedado sin plaza en la Escuela Infantil Paquita Ansa (Zizur Mayor). El Ayuntamiento echa balones fuera y ni siquiera responde a nuestros escritos. En el pleno el Alcalde se dedicó a criticar y a votar en contra toda propuesta, ya que eran de la oposición. El Ayuntamiento de la Cendea ha aprobado una serie de ayudas económicas para las familias afectadas, ¿y en Zizur no pueden hacer lo mismo? Educación pública, de calidad y gratuita, pero, no sé para quién. Por una falta de previsión y de interés tenemos que buscar una Escuela privada con el gran costo económico que supone. Las familias afectadas seguiremos concentrándonos cada vez que haya pleno, pero, ¿no hay nada que las Instituciones puedan hacer? Nos sentimos totalmente desamparados”.
2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Educación y al Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia, solicitando que informaran sobre la cuestión suscitada.
El 1 de julio de 2024 se recibió el informe remitido por el Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia, en el que se expone lo siguiente:
“Las Escuelas Infantiles, o el ciclo 0-3 años, por su naturaleza y funcionamiento cubren necesidades educativas, de decisiva aportación al desarrollo cognitivo y/o social, de los y las pequeñas y, por ende, de la sociedad en su conjunto, y de compensación de desigualdades.
Hablamos entonces de un derecho fundamental de niños y niñas que no tenemos duda, exige el compromiso de las instituciones y de la sociedad en su conjunto, que solo es posible a través de la garantía de sistema educativo afianzado en los principios de igualdad de oportunidades, equitativo, universal e inclusivo.
La cuestión con larga trayectoria de debate, entre las Entidades Locales y el Departamento de Educación (sucesivos documentos de la Federación Navarra de Municipios y Concejos), es que más allá del valor reconocido, en la práctica, este ciclo se instala en una incierta definición, descrita como “de incorporación voluntaria”, que transita entre el espacio educativo y de conciliación, lo que deja en manos de la provisionalidad y versatilidad de programas y servicios.
De ahí que, a pesar de que la gran mayoría dependen de las entidades locales, están reguladas por las directrices dictadas desde el Departamento de Educación, en concreto:
Sin negar la importante contribución que como tales realizan a la conciliación familiar (en este caso los cambios introducidos para la valoración de las preinscripciones priman las rentas más bajas, lo que desplaza el papel que desempeña en este sentido), opción esta última que conjuga con otros recursos: bien sean laborales, municipales (nuestro servicio de respiro, ludoteca, Campamentos Urbanos) o privados (centros educativos que acogen alumnado en edades tempranas, guarderías privadas que se acomodan a los horarios de actividad laboral, etc.).
Desde que en el curso 2018/2019, acometiéramos las obras de mejora y ampliación de nuestra escuela infantil Paquita Ansa, el número de criaturas atendidas pasó de 72 a 91, (a las que se añaden aquellas que presentan necesidades especiales que oscilan cada año): provisión que hasta ahora ha sido acomodada a la demanda, como muestra la evolución tanto del comportamiento de natalidad, como de las listas de espera que resultaban de cada curso (adjuntamos cuadro).
Total nacimientos |
Lista de espera |
|
2021: 148 |
curso 2020-2021 |
2 |
2022: 147 |
curso 2021-2022 |
50 |
2023: 117 |
curso 2022-2023 |
21 |
2024 (abril) 38 |
curso 2023-2024 |
28 |
Yendo al contenido de la queja presentada por la Sra. (…), ponemos por delante que compartimos la preocupación por la situación que se ha generado en nuestra comunidad a partir de la concurrencia de sendas situaciones sobrevenidas: por un lado, la decisión tomada por el Ayuntamiento de la Céndea de Cizur, de reducir su oferta de plazas en Escuela Infantil, que ha pasado de 6 a 3 líneas y para la que ha contado con el visto bueno del Departamento de Educación, y que coincide con la publicación de la gratuidad (para las familias, no así para las Entidades Locales) del citado ciclo educativo, lo que inevitablemente conduce, como así ha sido, a un aumento de la demanda.
Una y otra decisión ha sido tomada sin contar con la opinión o participación del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
No hay duda que, con los resultados de solicitudes de preinscripción en las manos, el número total de solicitudes de preinscripción este curso hemos pasado de 75/80 habituales, a 155, (en torno a un 50% de los y las usuarias potenciales de este recurso, estimadas para este curso de 302) con una lista de espera una vez realizadas las matriculaciones que ha dejado a 97 criaturas sin atención.
Tenemos por delante un nuevo escenario, en el que nos hemos puesto ya a trabajar, al igual que otros ayuntamiento sobre todo urbanos (Burlada, Egues, Berriozar, .... ).
En el último mes, y desde este ayuntamiento se han abierto todas las opciones a nuestro alcance:
1.- Como primer paso hemos solicitado encuentro con el Departamento de Educación para contrastar las opciones que hayan previsto acompañar a la decisión de gratuidad.
2.- Reunión con Directores de Centros educativos para valorar la opción de incluir en el ciclo infantil los 2 años, lo que podría descomprimir la demanda de plazas en nuestra escuela posibilidad que está previsto pilotar para el próximo curso, según lo publicitado por educación.
En dicha reunión también se planteó la opción de utilizar espacios en estos centros para acoger esta atención, opción que tanto desde la idoneidad de dichos espacios, como las necesidades y dotaciones concretas que planteaba (fonación, itinerarios de entradas y salidas, seguridad…) quedo claramente descartada.
3.- Reunión con representantes de la Céndea de Cizur, en la más allá de conocer y respetar los argumentos que han llevado a esta decisión, ajenos a la realidad y necesidades de Zizur Mayor, no quedo opción alguna de recuperar para nuestra comunidad las líneas que quedaban en suspenso.
4.- Valorar otras opciones que precisan dedicación presupuestaria, como la que plantea la Sra. (…), presenta dos inconvenientes, de un lado la no provisión de partida presupuestaria (destinada 100% a la financiación de nuestra escuela Paquita Ansa) y de otra los importantes interrogantes, sobre la compensación de lo que hasta ahora ha sido la aportación de las familias a la financiación de este servicio, en nuestro caso 155.000 anuales.
Por último, el escrito de la Sra. (…), mantiene inexactitudes y en concreto aquellas que refieren a la atención dispensada por este Ayuntamiento (en concreto su Concejala de Servicios Sociales y Alcalde) a las familias.
Así el 26 de abril del 2024 se respondió al escrito recibido por familias que habían formalizado la preinscripción en las escuelas infantiles, y el 29 del mismo mes se mantuvo encuentro con las representantes de las familias en las que se respondió a las cuestiones planteadas a la vez que se recogieron propuestas de soluciones (valorar con los centros educativos el uso de espacios para destinar al ciclo de 0 a 3 años, o considerar la opción de pilotaje de 2 años en los mismos).
Del mismo modo en el pleno celebrado el 30 de mayo, se dio la palabra, se escuchó y respondió a las mismas representantes dando cuenta de los pasos dados.
Por nuestra parte, a la espera de analizar y estudiar de forma más exhaustiva la posible creación /ampliación de nuestro ciclo y a la espera de la convocatoria de ayudas pendientes para el mes de agosto, nos queda valorar para los próximos cursos otras formas de atender esta necesidad, (aumento y mejora del servicio de respiro familiar, actualmente utilizado por un número muy reducido de familias), mantenemos la coordinación con otros ayuntamientos y suscribimos el análisis económico realizado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos con el que se están valorando las opciones presentes y futuras de financiación de este imprescindible recurso”.
Por otro lado, el 23 de julio de 2024 se recibió el informe remitido por el Departamento de Educación, en el que se señala lo siguiente:
“En este momento, el Departamento de Educación trabaja intensamente para el incremento de la oferta de plazas de primer ciclo de educación infantil.
Según figura en el artículo 21 del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra, “La creación de Escuelas Infantiles se realizará mediante la suscripción de convenios entre el Departamento de Educación y las Administraciones públicas interesadas, correspondiendo a estas últimas la titularidad de los centros creados.”
A su vez, el artículo 22 del mencionado Decreto Foral 28/2007, indica que el procedimiento de creación de una escuela infantil se iniciará a instancia de la Administración pública interesada, mediante la presentación de una solicitud que contendrá, entre otros datos, la planificación de la oferta de plazas en la localidad.
Por otra parte, el artículo 23 de este mismo Decreto Foral 28/2007 contempla la posibilidad de modificación del convenio de creación por “d) Ampliación o reducción del número de unidades”.
Si bien es competencia del Departamento de Educación la autorización de la oferta prevista, según figura en la Orden Foral 16/2024, de 1 de marzo, del Consejero de Educación, es competencia del Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia tanto la oferta de plazas en la localidad como la posibilidad de ampliar el número de unidades autorizadas.
Por último, con el fin de dar respuesta a las familias de Zizur Mayor que se han quedado sin plaza en la escuela infantil Paquita Ansa, el artículo 17 de la Orden Foral 16/2024, de 1 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de niñas y niños en centros de primer ciclo de Educación Infantil de la Comunidad Foral de Navarra sostenidos con fondos públicos, contempla la posibilidad de establecer acuerdos entre municipios con respecto a la proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de progenitores o representantes legales”.
3. Como ha quedado reflejado, la queja tiene por objeto los problemas que estarían encontrando las familias de Zizur Mayor/Zizur Nagusia para conseguir plaza para sus hijos en la Escuela Infantil del municipio.
4. A la vista de la información obrante en el expediente, esta institución entiende que la cuestión planteada en la queja es una proyección de un problema que vendría larvándose desde hace tiempo y que, como consecuencia de una serie de elementos, habría alcanzado su cénit en el momento actual.
Así, en opinión de esta institución, no cabe considerar que el déficit de plazas en la Escuela Infantil de Zizur Mayor/Zizur Nagusia sea un fenómeno del presente año, sino que ha existido a lo largo de los años, pero no se revelaba esta situación como problemática, al menos con la intensidad que lo hace ahora, ya que parte de la demanda de plazas de Educación Infantil de los vecinos de la localidad se cubría con oferta de plazas de la Escuela Infantil de un municipio limítrofe.
Por ello, al decidir el municipio limítrofe reducir el número de plazas de su Escuela Infantil, la demanda de los vecinos de Zizur Mayor/Zizur Nagusia únicamente se hubiera podido satisfacer si, al mismo tiempo, el Ayuntamiento de la localidad hubiera incrementado el número de plazas de su Escuela Infantil, lo que no tuvo lugar.
Esta situación, de por sí ya compleja, coincide con el reconocimiento de la gratuidad de la Educación Infantil, lo que, lógicamente, conlleva un aumento en el número de solicitudes de plazas en Escuelas Infantiles y, por consiguiente, también del déficit de las mismas ya existente en Zizur Mayor/Zizur Nagusia.
5. A este respecto, el Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia defiende que no fue consultado por el municipio limítrofe ni por el Departamento de Educación antes de decidir y aprobar la reducción del número de plazas de la Escuela Infantil del primero.
No obstante, esta institución no considera que esta argumentación pueda prosperar, especialmente cuando no corresponde al municipio limítrofe prestar el servicio a los vecinos de Zizur Mayor/Zizur Nagusia, municipio éste que, por otro lado, desde una perspectiva demográfica, es significativamente mayor que el municipio limítrofe.
Asimismo, tampoco estima esta institución que pueda esgrimirse que la situación resulta absolutamente imprevisible. Como se ha señalado, la discordancia entre demanda y oferta ha existido históricamente. Del mismo modo, también la Entidad local que parte de sus vecinos hacían uso de la Escuela Infantil del municipio limítrofe. Y, por último, tampoco es novedosa la gratuidad de la Educación Infantil, pues es una cuestión sobre la que viene discutiéndose desde hace tiempo y que, por tanto, cabía presumir que, si se aprobaba, traería como consecuencia un aumento en la demanda de plazas de Educación Infantil.
De este modo, por los motivos esgrimidos, esta institución considera que, en esencia, la situación existente es la manifestación de una falta de adecuación de un servicio público a la demanda existente del mismo y, por tanto, estima oportuno recomendar al Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia que adopte la medidas necesarias para que la Escuela Infantil de la localidad pueda atender la demanda existente de plazas en la misma.
6. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:
Recomendar al Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia que, debiéndose dimensionar los servicios públicos municipales a las necesidades de la población de la localidad, adopte las medidas necesarias para que la Escuela Infantil municipal pueda atender la demanda existente de plazas en la misma.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Patxi Vera Donazar
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