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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q24/380) por la que recomienda al Departamento de Salud que intensifique la adopción de medidas tendentes a garantizar una atención sanitaria en un tiempo adecuado al colectivo de personas a que se refiere la queja presentada por COCEMFE Navarra (personas con discapacidad o con enfermedades crónicas o pluripatológicas determinantes de situaciones discapacitantes); y le sugiere que, a efectos de determinar las medidas o acciones concretas tendentes al objetivo señalado, se recabe la participación de la entidad autora de la queja o de otras que puedan ser también representativas del colectivo al que se refiere la misma.

2024 iraila 18

Osasuna

Gaia: El especial impacto negativo que las listas de espera sanitarias generan en personas con discapacidad y en personas con enfermedades crónicas y/o pluripatológicas que ocasionan una situación discapacitante.

Consejero de Salud

Señor Consejero:

1. El 12 de abril de 2024 esta institución recibió un escrito presentado por la Federación Navarra de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE Navarra), mediante el que se formulaba una queja referente al grave impacto que la situación de las listas de espera en sanidad está provocando en personas con discapacidad y en personas con enfermedades crónicas y/o pluripatológicas que ocasionan una situación discapacitante.

Apoyaban la queja otras entidades que se habían adherido a lo manifestado por COCEMFE y se acompañaba a aquella el testimonio de 150 personas afectadas

En dicho escrito de queja, se exponía lo siguiente:

“La Federación de asociaciones de personas con discapacidad física y orgánica de Navarra, COCEMFE Navarra, expone ante el Departamento de Salud que la situación actual de las elevadas listas de espera en el sistema sanitario está impactando gravemente en las personas con discapacidad. Un grupo social que presenta un estado de salud más vulnerable, necesidades particulares de atención y una dependencia mayor de los servicios especializados. Una situación que no sólo incrementa el riesgo de agravar su discapacidad y/o enfermedad crónica, sino que además está impactando en su propia salud mental.

Las demoras en la atención sanitaria están empeorando las condiciones de salud, causando complicaciones adicionales por la falta o interrupción de las atenciones sanitarias y tratamientos, pudiendo incluso llegar al fallecimiento.

Asimismo, la incertidumbre y la espera prolongada genera ansiedad, estrés y depresión. Esta preocupación constante por el deterioro de la salud y por la falta de acceso oportuno a la atención médica están aumentando los problemas de salud mental.

Una situación que hemos constatado con una muestra de 150 testimonios recogidos de personas con enfermedad crónica y/o discapacidad de nuestras 18 asociaciones miembro que están en lista de espera para especialidad. Más de la mitad de los testimonios indican que su salud ya está empeorando durante el retraso y el resto tiene miedo de que lo haga en breve. Asimismo, una cuarta parte de estas personas han tenido que acudir a urgencias por el empeoramiento de su salud durante espera, situación que obligado a un tercio a recurrir a la sanidad privada.

Por todo ello, instamos al Gobierno de Navarra a implementar medidas que reduzcan los tiempos de espera para consultas y tratamientos médicos en las personas con discapacidad, y enfermedades crónicas y/o pluripatológicas que ocasionan una situación discapacitante.

Las asociaciones de pacientes nos ponemos a disposición para aportar nuestra experiencia y colaborar en las propuestas a desarrollar”.

2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Salud, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

Se cuestionó, en particular, acerca de las medidas adoptadas o previstas en relación con las listas de espera para garantizar la adecuada atención sanitaria del colectivo al que se aludía en la queja.

En el informe recibido del Departamento de Salud, se señalaba lo siguiente:

“Desde el Departamento de Salud queremos expresar, en primer lugar, que entendemos y compartimos la queja de dicho colectivo y que es prioridad actualmente la mejora de la situación de las listas de espera para toda la población de Navarra.

Una consideración importante a tener en cuenta es que el SNS-O trabaja en base a los principios básicos de equidad e individualización de la atención como valores superiores a otras posibles clasificaciones. En la mayor parte de las Estrategias y Programas, con el objetivo de adecuar las actuaciones y prioridades, se segmenta a la población en base a criterios sanitarios que, muchas veces, coinciden con las categorizaciones clásicas utilizadas en otros sistemas de protección como el social, pero no siempre y, en cualquier caso, nunca de manera lineal (a modo de ejemplo, una persona a la que se le asigna un GMA –Grupo de Morbilidad Ajustado- de grado 4 puede tener una discapacidad reconocida por encima del 33% o no tenerla)

Las listas de espera afectan a toda la población, más especialmente y con mayor repercusión a las personas con discapacidad u otras situaciones de vulnerabilidad. En este sentido, el Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea toma en consideración en sus actuaciones los diferentes artículos que en materia sanitaria quedan regulados en la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos como las medidas de acción positiva (artículo 7), la atención a colectivos específicos (artículo 19), o la garantía del derecho a la protección de la salud, la inclusión en las estrategias, o la coordinación (Titulo III)

Estrategias y medidas en el Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea en desarrollo que pueden favorecer la situación de las Personas con Discapacidad Física y Orgánica

Dentro de las Estrategias actuales en el Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea

Estrategia de crónicos del Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea

La Estrategia navarra de atención integrada a pacientes crónicos y pluripatológicos tiene como objetivos generales:

1.- Mejorar los resultados en salud y la calidad técnica de la atención.

2.- Mejorar la capacidad funcional y calidad de vida de pacientes y personas cuidadoras.

3.- Promover la autonomía y la capacitación de pacientes y personas cuidadoras.

4.- Mejorar la satisfacción de los pacientes crónicos con la atención recibida.

5.- Contribuir a la sostenibilidad del sistema asistencial.

6.- Promover una cultura de mejora continua de los procesos orientados al paciente.

Para el logro de estos objetivos se contemplan ocho grandes líneas estratégicas que se corresponden con los componentes del modelo de atención definido en el Servicio Navarro de Salud.

Así, es básico estratificar a la población identificando perfiles de pacientes con necesidades sanitarias homogéneas y desarrollar planes operativos con patrones de atención integradas en los perfiles de pacientes priorizados garantizando la continuidad e integralidad de la atención a todos los pacientes crónicos y en particular a los más severos.

Actualmente, la estrategia está implementada para los pacientes más severos diagnosticados de fibromialgia, insuficiencia cardíaca, diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), demencia, Esclerosis lateral amiotrófica (ELA), esclerosis múltiple (EM), parkinsonismos atípicos, enfermedad crónica compleja en la infancia y pluripatológicos (personas con tres o más de los siguientes diagnósticos: demencia, diabetes, insuficiencia cardíaca, ICTUS, cardiopatía isquémica, insuficiencia renal, insuficiencia hepática, EPOC, Asma y alta complejidad medida con GMA).

Tarjeta AA+ (Accesibilidad y Acompañamiento).

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud y a una atención sanitaria integral.

Entre la población que utiliza los servicios sanitarios se encuentran personas con diagnósticos de diferentes enfermedades, y con trastorno de conducta asociado, que pueden presentar situaciones de mayor vulnerabilidad, así como tener dificultades, en las diferentes atenciones sanitarias, lo que repercute negativamente en el estado emocional y conducta de estas personas.

El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en el marco de su Estrategia de Humanización, cuyo objeto es mejorar la satisfacción de las personas usuarias del sistema sanitario público de Navarra con el trato humano que reciben, ha planificado, entre otros muchos, para este año 2024, el proyecto de implantación de lo que hemos denominado la Tarjeta AA+ (Accesibilidad y Acompañamiento)

Para ello, en la Comisión Asesora Técnica de dicha Estrategia, se ha constituido, un Grupo de trabajo que va a ser el motor encargado de realizar el análisis y la implantación de la misma.

El grupo liderado por el Servicio de Humanización de la Dirección General de Salud, está integrado por representantes de toda la organización e integrantes de la Comisión Asesora Técnica de Humanización.

El objetivo final es implementar todas aquellas medidas organizativas necesarias encaminadas a facilitar la accesibilidad y el acompañamiento necesarios para que las personas con trastornos de conducta asociados a determinados diagnósticos, potenciando un modelo de atención integral y centrado en la persona.

A fecha de hoy, se está en la fase de análisis necesario e imprescindible para que todas aquellas medias que se adopten sean adecuadas al objetivo propuesto.

En el Plan de Humanización. Se están estudiando el desarrollo en los circuitos para atender la demanda ordinaria de consulta en Atención Primaria: (tanto para población de adultos como de pediatría) con sistemas que permiten facilitar la atención de pacientes que la precisen por los efectos propios de su tipo de discapacidad y necesidad

Coordinación:

Desde el Servicio Navarro de Salud–Osasunbidea se trabaja en la coordinación entre los diferentes niveles de atención sanitaria para asegurar el intercambio de información y la continuidad en la atención de las personas con discapacidad, realizando también las derivaciones que procedan a otras comunidades autónomas cuando sea preciso, tal y como esté establecido en la normativa sanitaria”.

3. El 26 de junio de 2024 esta institución recibió un nuevo escrito de COCEMFE acerca del asunto, presentado tras haber tenido conocimiento del informe del Departamento de Salud sobre la queja.

En el citado escrito, se exponía que:

“Por el presente escrito se adjuntan alegaciones al expediente Q24/380, presentado por COCEMFE NAVARRA, referido a la queja presentada con el apoyo de otras entidades y acompañando el testimonio de 150 personas afectadas, referente al grave impacto que la situación actual de las elevadas listas de espera en sanidad está provocando en las personas con discapacidad y personas con enfermedades crónicas y/o pluripatológicas.

En primer lugar, celebramos la iniciativa del Departamento de Salud descrita en el comunicado relacionada con la implantación de la Tarjeta AA+ (Accesibilidad y acompañamiento), donde sugerimos contar en el Grupo de trabajo encargado de realizar el análisis y la implantación de la misma, con las entidades sociales que más representación acogen de personas con este tipo de trastornos de conducta.

No obstante, vemos insuficiente la respuesta enviada.

Se hace referencia a las estrategias en Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a sus objetivos generales, pero valoramos que no se están alcanzando de forma efectiva, ni su desarrollo está cubriendo algunas problemáticas que representamos desde COCEMFE Navarra y sus entidades, y que a día de hoy, engrosan las listas de espera como cáncer, diabetes, enfermedades vasculares, demencia y otras enfermedades neurodegenerativas, dolor crónico, pacientes pluripatológicos.

Por otro lado, en la relación que se expone entre las enfermedades crónicas y/o pluripatológicas y la discapacidad, señalamos que es evidente que existe una relación entre ambos términos. Este retraso afecta sin distinciones a toda la ciudadanía, pero también es cierto que afecta más a quienes tienen una salud más precaria, y precisamente las discapacidades físicas y orgánicas son mayoritarias. Somos un grupo social que requiere generalmente de atención sanitaria periódica, y los retrasos suponen una merma en la salud y en la esperanza de vida.

La coordinación sugerida en el escrito con otras comunidades autónomas, aun siendo una medida de acción directa, puede situar a las personas con mayores necesidades de apoyo en una situación de más vulnerabilidad, si dependen de la disponibilidad de apoyos personales para poder desplazarse, y recibir la atención sanitaria.

Desde la Federación, nos ponemos a disposición del SNS-O y de las administraciones para señalar de primera mano las debilidades de este sistema en la atención a las personas con patologías crónicas y las posibles soluciones.

Asimismo, plantemos propuestas alineadas con las bases de la nueva Ley Foral de Salud que se está gestando, y pueden redundar en la mejora de la problemática actual de los plazos en listas de espera. Unas propuestas generales que llegan después de recoger las necesidades planteadas por el conjunto de la discapacidad física y orgánica, a través de sus asociaciones, y tras analizar las propuestas de otros colectivos como sindicatos de enfermería, Cámara de Comptos, etc.

1. Revisiones periódicas agendadas. Apertura de agendas con la suficiente antelación para facilitar la programación en la citación de pacientes crónicos, atendiendo a los protocolos previstos en cada patología. Esto podría incluir que en cada cita se salga con la fecha de la siguiente sin entrar así en la lista de espera.

2. Posibilidad de conocimiento de las listas de espera por las y los pacientes de manera orientativa, con fácil consulta a través de la carpeta de salud. Esto revierte directamente en el derecho efectivo de estar informado sobre el propio proceso de salud y el derecho a conocer toda la información disponible sobre cualquier actuación relacionada con la misma.

3. Figura de gestión de casos. Organización interna orientada al paciente:

a. Coordinar las áreas sanitarias y gestionar sus recursos de manera integrada para evitar diferencias entre tiempo de espera por área y especialidad.

b. Coordinación de citaciones:

i. evitando volver a atención primaria para el acceso a otras especialidades

ii. CITA UNICA: agrupación de citaciones con el fin de acortar al máximo el conjunto de los tiempos diagnósticos y de decisión terapéutica.

4. Atención primaria

a. Homogenización de la intervención en todos los centros de salud.

b. Desarrollo de protocolos ágiles de derivación entre atención primaria y especialidad en pacientes con procesos recurrentes en atención, que faciliten la atención en la especialidad.

c. Personal de Administración Sanitaria con la capacitación adecuada para realizar la clasificación inicial de la demanda

d. Garantizar la atención en el día a los procesos que la precisan.

5. Brecha digital/cognitivo en el acceso a la información de carpeta salud

a. Fomentar la formación en el acceso a la carpeta

6. Regulación de la Atención no presencial al paciente

7. Ampliación de horarios de citas y altas hospitalarias.

8. Fomento de medidas encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la práctica de hábitos saludables

a. reconocimiento a las Entidades de pacientes colaboradoras con el servicio público de salud, aumento de partidas presupuestarias en subvenciones destinadas a ello.

9. El aumento de contratación de profesionales, y que además implique una atención prioritaria de pacientes que llevan tiempo en lista, atendiendo a su cronicidad y pluripatologías.

Desde la Federación y en representación de las entidades que la conforman, solicitamos se valoren adecuadamente las propuestas y aportaciones mencionadas. Es de vital importancia que se tome en cuenta la experiencia y las necesidades de las personas afectadas, lo cual es esencial para asegurar una atención de salud inclusiva y eficaz.

Proponemos una revisión exhaustiva de la estrategia de atención de salud, alineándola con los principios establecidos en la futura ley. Esta revisión debe materializarse en acciones concretas y directas, que respondan de manera efectiva a la problemática actual de las listas de espera.

Además, estamos abiertos a participar en mesas de diálogo y otras formas de interlocución que consideren pertinentes. Nuestra intención es colaborar estrechamente y de manera constructiva para abordar cualquier cuestión que se precise y avanzar en la implementación de soluciones que beneficien a todos los involucrados”.

4. Esta institución dio traslado del referido escrito al Departamento de Salud y le solicitó la emisión de un nuevo informe.

Este ha sido emitido en los siguientes términos: 

“Agradecemos la felicitación por su parte de la implantación de la Tarjeta AA+ y tomamos nota de su ofrecimiento para su participación en el grupo de trabajo.

Por otra parte, agradecemos de nuevo su disposición y las propuestas realizadas para la valoración por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

En relación al punto 7 Ampliación de horarios de citas y altas hospitalarias. Podemos indicarles que desde el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea se está desarrollando y evaluando actualmente dentro de la estrategia de atención de patologías crónicas en Navarra, la ampliación de circuitos propios para ciertas patologías incluidas algunas que derivan en importantes discapacidades con modalidades de agrupación de citas, premiación del seguimiento domiciliario y circuitos específicos directos a hospitalización sin paso por urgencias hospitalarias.

Respecto al Fomento de Medidas encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la práctica de hábitos saludables, y en concreto al reconocimiento a las entidades de pacientes colaboradoras con el servicio público de salud, y aumento de partidas presupuestarias en subvenciones destinadas a ello, desde el Departamento de Salud, en concreto desde el Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental, se impulsan varias líneas de subvenciones en aras de apoyar, cubrir y atender programas de prevención, promoción y mantenimiento de la salud, de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política sanitaria, promueve el Departamento de Salud, en concreto aquéllas cuya finalidad coincida con el cumplimiento de los objetivos reseñados en el Plan de Salud vigente y de forma específica con la “Estrategia Navarra de Atención Integrada a Pacientes Crónicos y Pluripatológicos”.

En este contexto, son mayoritariamente las entidades de pacientes con enfermedades crónicas y/o discapacidad quienes se benefician de estas convocatorias.

En concreto, la evolución presupuestaria ha sido la siguiente:

(…)

Anualmente, se realiza desde el servicio, tras el correspondiente consenso con las asociaciones, una propuesta de aumento presupuestario al Dpto de salud, supeditada al resto de necesidades presupuestarias del propio departamento, por lo que no siempre ha sido posible incrementar las partidas (esto al margen de las enmiendas parlamentarias).

Siendo conscientes de la necesidad de incorporar la participación de las entidades, asociaciones y ciudadanía en general en el impulso de las políticas públicas, y en este caso, en la evaluación de estas medidas, desde el Servicio de humanización, aseguramiento y coordinación interdepartamental, se vienen manteniendo como mínimo dos reuniones al año con las asociaciones de pacientes y familiares, con los objetivos respectivos de:

- Consensuar, a principio de año, las bases de la convocatoria, recibir e integrar las aportaciones que se hagan desde las asociaciones, antes de su publicación.

- Evaluar, al final del año, el procedimiento seguido para introducir las mejoras para el año siguiente.

Además, se han tenido reuniones individuales con las asociaciones que lo han solicitado, o aquellas con las que se mantienen subvenciones directas/convenios.

Existiendo áreas de mejora pendientes, la participación de las asociaciones de pacientes y familiares se ha tenido en cuenta desde la Estrategia de humanización del sistema sanitario público de Navarra que, en este momento, está sentando las bases para llevar a consulta con las asociaciones de pacientes o pacientes expertos y expertas, los contenidos en relación a los procesos que respectivamente les afecten. Todo ello consensuando con CERMIN en representación de las entidades de personas con discapacidad, donde COCEMFE está integrada.

Por ello, y enmarcado en la Estrategia de humanización y en el Plan operativo de accesibilidad del Gobierno, durante este año 2023, se ha impulsado una formación diseñada e impartida junto a las entidades de discapacidad, lideradas por Fundación Iddeas y CERMIN, para visibilizar la experiencia y necesidades de las personas con discapacidad, y poder implementar medidas para mejorar la atención en salud, desde una perspectiva inclusiva y de género.

Se adjunta un Excel con la evolución del número de contrataciones en las especialidades relacionadas con las patologías que menciona COCEMFE por entender que son las de mayor impacto sobre personas con discapacidad”.

5. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta en relación con el especial impacto negativo que las listas de espera sanitarias generan en el colectivo de personas al que se refiere COCEMFE, esto es, en personas con discapacidad y en personas con enfermedades crónicas y/o pluripatológicas que ocasionan una situación discapacitante.

Por parte del Departamento de Salud, se han emitido los informes que han quedado reflejados, en los que se exponen las medidas adoptadas y previstas para mejorar la situación denunciada.

6. Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 13, reconoce, en relación con el conjunto de personas usuarias del sistema sanitario, el derecho a recibir la atención en un tiempo adecuado y dentro de plazo, en el siguiente sentido:

En el sistema sanitario de Navarra, toda persona tiene derecho a recibir la atención sanitaria en un tiempo adecuado y a la garantía de los plazos máximos de respuesta previstos en la Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Atención Especializada, y en sus normas de desarrollo”.

La citada Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Atención Especializada, juntamente con el Decreto Foral 21/2010, de 26 de abril, de desarrollo de la anterior, contemplan los tiempos máximos de respuesta aplicables.

7. Por otro lado, el artículo 19 de la referida Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra, de forma específica, se refiere a la necesidad de dispensar especial protección a personas integradas en colectivos vulnerables, estableciendo lo siguiente:

De conformidad con el principio de humanización de la asistencia sanitaria, tanto profesionales como centros sanitarios que atiendan a personas usuarias que pertenezcan a colectivos que merezcan una especial protección, tales como personas mayores, personas con discapacidad, personas que padecen trastornos mentales, en especial cuando se encuentren en situación de dependencia, menores de edad, personas con enfermedades crónicas, enfermedades raras, terminales, víctimas de maltrato, drogodependientes, inmigrantes, colectivos en riesgo de exclusión social como las minorías étnicas y, en general, grupos concretos en riesgo de exclusión social, deberán procurar una atención personalizada y adecuada a sus circunstancias personales, que favorezca el respeto y cumplimiento de los derechos de esta ley foral”.

8. Por su parte, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en su artículo 10, recoge que:

“1. Las personas con discapacidad tienen derecho a la protección de la salud, incluyendo la prevención de la enfermedad y la protección, promoción y recuperación de la salud, sin discriminación por motivo o por razón de discapacidad, prestando especial atención a la salud mental y a la salud sexual y reproductiva.

2. Las actuaciones de las administraciones públicas y de los sujetos privados prestarán atención específica a las necesidades de las personas con discapacidad, conforme a la legislación sanitaria general y sectorial vigente”.

En relación con este colectivo, la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos, prevé, en su artículo 7, que “las administraciones públicas de Navarra adoptarán medidas de acción positiva en beneficio de las personas con discapacidad”.

Y el artículo 27 de la misma ley foral dispone lo siguiente:

“1. El sistema público sanitario de Navarra garantizará el derecho de las personas con discapacidad en todas las fases de su vida a la protección de su salud en los ámbitos de asistencia sanitaria y salud pública, para la consecución del más alto nivel de salud y bienestar, en las mismas condiciones y con la misma calidad y variedad, incluyendo la salud sexual y reproductiva, que al resto de las personas y conforme a los mismos principios generales establecidos en la normativa sobre derechos y deberes en materia de salud en la Comunidad Foral

 

de Navarra y la Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, así como la complementaria foral.

2. A tal efecto, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea asegurará la accesibilidad a las personas con discapacidad, tanto en las instalaciones y en la información y comunicación como a tratamientos, programas y servicios, que serán adecuados a sus necesidades personales individuales, considerando los apoyos precisos un derecho de las personas con discapacidad que los precisen.

En concreto, se revisará la situación de las consultas de ginecología, de obstetricia, las consultas para diagnosticar el cáncer de mama y las que precisan uso de grúas u otros productos de apoyo para garantizar la adecuada movilidad.

Asimismo, se garantizará de forma especial en el servicio de emergencias sanitarias la existencia de sistemas para hacerlo más accesible a todas las personas con discapacidad, especialmente a personas con discapacidad auditiva y problemas de habla.

3. Se preverá la provisión de los servicios lo más cerca posible de las comunidades en que se integran las personas con discapacidad, incluyendo las zonas rurales.

4. La atención sanitaria incluirá iniciativas públicas, siempre que sea posible, para la rehabilitación domiciliaria, dotándola de los recursos humanos y económicos suficientes.

5. Se desarrollarán en los circuitos establecidos para atender la demanda ordinaria de consulta en Atención Primaria sistemas para facilitar la atención preferente de pacientes que la precisen por los efectos propios de su tipo de discapacidad y necesidad.

6. Se velará en todo caso porque en las derivaciones entre niveles asistenciales sanitarios no exista discriminación, sino que se ajuste a criterios técnicos definidos en base a la mejor evidencia científica disponible, independientemente de otros factores como la edad o la situación de discapacidad”.

9. El anterior marco normativo viene a demandar que se garantice una atención sanitaria a la ciudadanía dentro de los plazos previstos en la normativa vigente; y, además, en el caso de los colectivos más vulnerables a efectos sanitarios (como el representado en la queja), que se introduzcan medidas de discriminación positiva o de atención especial, compensatorias de la inicial situación desventajosa en que se encuentra.

A la vista de la problemática que se suscita en la queja y de lo informado por el Departamento de Salud, se ve oportuno recomendar a este que intensifique la adopción de medidas tendentes a garantizar una atención sanitaria en un tiempo adecuado al colectivo referido.

Asimismo, a efectos de determinación de las medidas o acciones concretas, se sugiere que se recabe la participación de la entidad autora de la queja o de otras que puedan ser también representativas del colectivo.

10. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

a) Recomendar al Departamento de Salud que intensifique la adopción de medidas tendentes a garantizar una atención sanitaria en un tiempo adecuado al colectivo de personas a que se refiere la queja presentada por COCEMFE Navarra (personas con discapacidad o con enfermedades crónicas o pluripatológicas determinantes de situaciones discapacitantes).

b) Sugerir al Departamento de Salud que, a efectos de determinar las medidas o acciones concretas tendentes al objetivo señalado, se recabe la participación de la entidad autora de la queja o de otras que puedan ser también representativas del colectivo al que se refiere la misma.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Salud informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2024 que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

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