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Gaia: La insuficiencia de grupos para todo el alumnado del Programa de Diversificación Curricular (PDC) de 3º ESO en castellano en el IES Tierra Estella BHI.
Consejero de Educación
Señor Consejero:
1. El 21 de junio de 2022 esta institución recibió un escrito de[...], mediante el que formulaba una queja frente al Departamento de Educación por la insuficiencia de grupos para todo el alumnado del Programa de Diversificación Curricular (PDC) de 3º ESO en castellano en el IES Tierra Estella BHI.
En dicho escrito, exponía que:
a) La ley de Educación, LOMLOE, establece los Programas de Diversificación Curricular, que ya existieron en anteriores leyes educativas, para aquel alumnado que tiene dificultades de aprendizaje y con una metodología específica, con la adaptación del currículo en ámbitos y actividades prácticas que están orientadas a que el alumnado de estos programas consiga el título de ESO.
b) Los equipos docentes analizan y valoran el proceso de aprendizaje del alumnado y proponen medidas que les ayuden a conseguir las competencias. Esto se completa con reuniones con el alumnado y las familias.
c) La Administración debe garantizar al alumnado que participe en estos programas los recursos de apoyo necesario. Todo esto está muy bien escrito en el papel, en una ley, que “aguanta” todo, pero la realidad es otra: en su centro la Inspección, ha determinado que solo tenga 1 grupo de 3º Diversificación en modelo A-G, a pesar de que este curso ha tenido dos grupos de 3º PMAR en modelo A-G y 1 grupo en modelo D de 2º y 3º PMAR juntos.
d) La Administración a pesar de tener un número de alumnado propuesto para dos grupos (18 alumnos/as), ha determinado que solo podrán ser 14 alumnos o alumnas, “el resto” no puede estar en un programa aun teniendo dificultades de aprendizaje.
2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Educación solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.
En el informe recibido, se señala lo siguiente:
“Los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) en la Educación Secundaria Obligatoria en los centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra se regulan por la Orden Foral 54/2015, de 22 de mayo, del Consejero de Educación. En el artículo 2 de la citada Orden Foral se definen dichos programas:
Artículo 2. Definición de los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento.
1. Los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) son una medida organizativa de atención a la diversidad dirigidos preferentemente al alumnado de EducaciónSecundaria Obligatoria que presenta dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo.
2. Mediante estos programas, en los que se utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos, actividades y, en su caso, organización de materias diferente a la establecida con carácter general, se pretende que los alumnos y alumnas puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria para obtener el Título de Graduado en EducaciónSecundaria Obligatoria.
3. Estos programas estarán integrados en la dinámica ordinaria del centro. Para ello el equipo directivo y el equipo docente, en colaboración con el departamento de orientación, establecerán en el Plan de Atención a la Diversidad las medidas necesarias.
4. Con el fin de garantizar la viabilidad de estos programas, los grupos estarán constituidos por un mínimo de 12 y un máximo de 14 alumnos y alumnas. No obstante, el Departamento de Educación, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, podrá valorar situaciones específicas y autorizar su desarrollo con un numero diferente de alumnado del establecido con carácter general.
Según calendario de implantación de la nueva Ley Educativa Ley Orgánica3/2020 de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; para el próximo curso 2022/23 serán de aplicación las modificaciones del currículo para 1º y 3º de ESO. Consecuencia directa de esta modificación será la inclusión de los Programas de Diversificación curricular. Según este calendario de implantación previsto por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, durante el curso escolar 2022/23 convivirán ambos programas.
A la espera de mayor desarrollo y concreción de los mismos, el Servicio de Inclusión, Convivencia e Igualdad elabora Instrucciones en las que se definen dichos programas de diversificación curricular como medidas organizativas de atención a la diversidad orientadas a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por parte de aquel alumnado que presente dificultades relevantes de aprendizaje, tras haber recibido, en su caso, medidas de apoyo en 1º y 2º curso de la etapa o a quienes esa medida de atención a la diversidad les sea favorable para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
La incorporación de un alumno/a a un programa de Diversificación Curricular no conllevará el cambio de modelo lingüístico o de centro. Se considera que la ratio para los grupos de diversificación será la misma que para los grupos de PMAR.
Durante el presente curso escolar 2021-22 el IES Tierra Estella ha contado con cuatro grupos de PMAR: tres de ellos en el modelo AG, 1 grupo de 2º de PMAR con 6+2alumnos/as y dos grupos en 3º de PMAR con un total de 16 alumnos/as. En el Modelo D, el centro ha contado con un grupo mixto de 2º y 3º de PMAR con un total de 5 alumnos/as.
De cara al próximo curso 2022/23, el Departamento de Educación, concretamente desde el Área de Planificación del Servicio de Inspección Educativa el día 6 de abril de 2022 informa a los centros educativos mediante correo electrónico de que se encuentra disponible en EDUCA la previsión inicial de matrícula y grupos de cada centro para ESO y Bachillerato para el curso 2022/2023.
Al IES Tierra Estella, en el caso de los grupos de PMAR y Diversificación curricular le corresponden un grupo de PMAR (10 alumnos/as) y otro de Diversificación para los modelos AG (14 alumnos/as) y otro grupo de diversificación para el Modelo D (5 alumnos/as).
Tras el plazo ordinario de preinscripción la previsión de matrícula en el IES Tierra Estella queda de la siguiente manera: en el caso del modelo A/G 8 alumnos/as para grupo de PMAR y 19 alumnos/as para grupo de Diversificación curricular (excede en 5 alumnos dela previsión inicial). En modelo D dos alumnos/as para PMAR (no se ha previsto grupo), y 4 alumnos para diversificación curricular.
El Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia conjuntamente con la Dirección delServicio de Inspección Educativa deciden:
1. Mantener, como en el curso 21/22, el grupo mixto de PMAR-Diversificación Curricular para el Modelo D, aceptando con ello que se incorporen los alumnos/as de la Ikastola Lizarra a dicho grupo que albergará ambos programas.
2. No aumentar en un segundo grupo de Diversificación Curricular para el modelo A/G, ya que el Departamento de Educación considera que con la asignación de un grupo (14 plazas) se atienden las necesidades del centro en función al número de alumnos/as que atiende”.
3. A la vista del informe, esta institución considero oportuno dar traslado del mismo a la autora de la queja para que formulara las alegaciones que estimara oportunas.
En sus alegaciones, la autora de la queja expone, literalmente, lo siguiente:
“1. El Departamento de Educación ha considerado ofertar un grupo de3º Diversificación curricular en el modelo D con 4 alumnos/as y acude alumnado de Lizarra Ikastola.
2. Dar al IES Tierra Estella BHI un grupo de 3º Diversificación en el modelo A-G, aunque había una previsión de 19 alumnos y alumnas.
3. El Departamento considera que con un grupo de 14 alumnos y alumnas se atienden a las necesidades del centro. ¿Pueden mirar el número de alumnado que hay en los grupos de 3º de ESO en modelo D y modelo A-G, creo que las diferencias son importantes. ¿Consideran que la atención a la diversidad es igual en ambos modelos?
4. La diferencia de los grupos de 3º de Diversificación (modelo D y modelo A-G), es importante; se quedan fuera alumnado de centros adscritos que dependen del Instituto, ¿por qué? Quizá una opción mixta ayudaría a todos los alumnos y alumnas en sus necesidades.
5. No es justo y tanto que el Departamento de Educación habla de "igualdad y equidad", creo que no se cumple con todos, quizá no entienda bien estos conceptos.
Me gustaría que cada alumno o alumna tuviera la atención que se le debe dar.”
4. El artículo 19 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, regula los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento (actualmente denominados programas de diversificación curricular, tras la modificación del artículo 27 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Estos programas se desarrollan a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, y en ellos se utiliza una metodología específica a través de la organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias, diferente a la establecida con carácter general, con la finalidad de que los alumnos y alumnas obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento están dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presentan dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo.
En Navarra, estos programas están desarrollados por la Orden Foral 54/2015, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se regulan los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento en la educación secundaria obligatoria en los centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra.
5. Esta institución aprecia que, durante el curso escolar 2021/20222 el IES Tierra Estella ha contado con cuatro grupos PMAR: tres de ellos en el modelo AG (un grupo de 2º con 8 alumnos y dos grupos en 3º con 16 alumnos), y un grupo para 2º y 3º de PMAR en el modelo D, con 5 alumnos.
En el mes de abril, el Servicio de Inspección, comunicó que para el curso 2022/2023, al IES Tierra Estella le correspondía un grupo de PMAR, con 10 alumnos, otro de Diversificación para los modelos AG, con 14 alumnos, y otro grupo de Diversificación para el modelo D, con 5 alumnos.
De acuerdo con lo anterior, por lo que aquí interesa, en el año 2021/2022, en el modelo A/G, hubo tres grupos PMAR y para el curso 2022/2023, se planificó un grupo PMAR y otro de Diversificación curricular.
Tras el periodo de preinscripción, la previsión de la matrícula fue, en el modelo A/G de 8 alumnos para el grupo de PMAR, y 19 alumnos para el grupo de Diversificación Curricular, y en el modelo D, dos alumnos para el grupo PMAR y 4 para Diversificación Curricular.
Como consecuencia de ello, el Departamento de Educación decidió mantener, como en curso 2021/2022, el grupo mixto de PMAR-Diversificación Curricular pare el modelo D, y no aumentar un segundo grupo de Diversificación Curricular para el modelo A/G.
5. La potestad organizativa en materia educativa, que la ley atribuye a la Administración pública, conlleva un elevado grado de libertad para esta, de tal forma que puede elegir entre distintas soluciones admisibles dentro de la ley.
Tal y como se ha expuesto, en el modelo A/G del IES Tierra Estella, en el año 2021/2022, hubo tres grupos PMAR y para el curso 2022/2023, se planificó un grupo PMAR y otro de Diversificación curricular. Tras las preinscripciones, en el modelo A/G, la previsión de matrícula para el grupo de diversificación curricular fue de 19 alumnos, excediendo, por tanto, en cinco la previsión inicial.
A la vista de ello, el Departamento de Educación, ha decidido no aumentar un segundo grupo de diversificación curricular “por considerar que con la asignación de un grupo (14 plazas), atienden las necesidades del centro en función al número de alumnos/as que atiende.”
A criterio de esta institución, en el informe remitido a esta institución no ha quedado justificado los motivos por los cuales se considera que con la asignación de un grupo de 14 plazas se atienden las necesidades del centro en función del número de alumnos que atiende. De hecho, según parece, en el año 2021/2022 hubo un grupo PMAR más en el modelo A/G, y para el curso 2022/2023, para el grupo de diversificación curricular 5 alumnos se han quedado fuera.
Por ello, esta institución ha estimado necesario sugerir que, a la vista de los datos del curso 2021/2022 y de los alumnos que han realizado su preinscripción para el curso 2022/2023, analice la posibilidad aumentar un segundo grupo de Diversificación Curricular para el modelo A/G.
6.En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:
Sugerir al Departamento de Educación que analice la posibilidad de aumentar un segundo grupo de Diversificación Curricular para el modelo A/G en el IES Tierra Estella.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Educación informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2022 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Patxi Vera Donazar
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