Bilaketa aurreratua

Ebazpenak

Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/644) por la que se recomienda al Departamento de Educación que se proceda a la creación del Departamento didáctico de Economía en los centros educativos correspondientes, dando cumplimiento al “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”.

2020 abuztua 18

Función Pública

Gaia: La falta de creación del departamento didáctico de Economía en los centros de educación secundaria y bachillerato.

Función pública

Consejero de Educación

Señor Consejero:

1. El 10 de junio de 2020 esta institución recibió un escrito del señor [...], mediante el que formulaba una queja frente al Departamento de Educación, por la falta de creación del Departamento didáctico de Economía en los centros de educación secundaria y bachillerato.

El autor de la queja, docente del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Economía, expone que la carga lectiva vinculada a dicha especialidad ha crecido sustancialmente durante los últimos años y que, pese a ello, no se reconoce a los docentes de dicha especialidad un Departamento didáctico propio.

Señala el autor de la queja que la especialidad de Economía es la única especialidad docente en la Comunidad Foral de Navarra que no cuenta con tal Departamento didáctico. Expresa que, además, a fecha actual, en todas las Administraciones educativas, exceptuadas las de Navarra y Asturias, existe el citado Departamento de Economía.

Considera el interesado que no reconocer por parte de la Administración educativa de Navarra a los profesores de la especialidad de Economía la capacidad de organizarse en Departamentos didácticos propios supone un agravio y una discriminación arbitraria y no justificada. Y expresa que, de facto, en muchas ocasiones, el profesorado de la especialidad ha de asumir las responsabilidades propias de un Jefe de Departamento, sin tener tal condición, al estar adscritos a departamentos en los que el titular carece de la especialidad en Economía.

2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Educación, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

En el informe recibido, se señala lo siguiente:

La Orden Foral 86/2018, de 14 de septiembre, de la Consejera de Educación, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del documento denominado “Pacto para la mejora de la calidad de la enseñanza pública en Navarra”.

En el apartado II. El profesorado, del citado documento se indica lo siguiente:

9. Otros colectivos.

En el ámbito de la Comisión de Seguimiento y la Mesa Sectorial se procederá a revisar las condiciones laborales de otros colectivos (maestros con jornada parcial en la ESO, maestros en Programas de Iniciación Profesional, profesorado de Conservatorios y Enseñanzas Artísticas en general, Educación de Adultos, Educación Especial, Educación Compensatoria, Enseñanzas de Idiomas y Orientación) con el fin de establecer e impulsar medidas para la homologación y mejora de las mismas.

El Departamento se compromete a crear los Departamentos Didácticos de Economía e Informática en los centros de Educación Secundaria a lo largo del presente pacto.

De acuerdo con el Plan Estratégico de Atención a la Diversidad, se coordinará la asistencia de los educadores de los Servicios Sociales de Base desde los centros educativos por medio de grupos de trabajo conjuntos.

Se llevará a cabo un estudio conducente a valorar la posibilidad de la inclusión

del ciclo 0-3 dentro de la gestión del Departamento de Educación, en coordinación con el resto de las administraciones implicadas.

La Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020, aprobada por el Parlamento de Navarra, consigna unas partidas presupuestarias para el Departamento de Educación cuyo techo de gasto no permite tener disponibilidad para aplicar diversas medidas del Pacto para la mejora de la calidad de la enseñanza pública en Navarra que conlleven coste económico.

Por lo tanto, no es posible atender la petición de reconocer y crear el Departamento de Economía en el curso 2020-2021”.

3. Como se expone tanto en la queja, como en el informe del Departamento de Educación, la medida reclamada está recogida en el “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”, cuya publicación se dispuso por Orden Foral 86/2018, de 14 de septiembre, de la Consejera Educación (Boletín Oficial de Navarra del 25 de septiembre de 2018).

La vigencia del Pacto prevista alcanza hasta el 31 de agosto de 2022 y en el mismo se prevé que “el Departamento se compromete a crear los Departamentos de Didácticos de Economía e Informática en los centros de Educación Secundaria a lo largo del presente pacto”.

4. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado conveniente:

Recomendar al Departamento de Educación que se proceda a la creación del Departamento didáctico de Economía en los centros educativos correspondientes, dando cumplimiento al “Pacto para la Mejora de la Calidad de la Enseñanza Pública en Navarra”.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Educación informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2020 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

Partekatu edukia