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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (O26/5) por la recomienda al Ayuntamiento de Olite/Erriberri y al Departamento de Educación que, mediante la colaboración pertinente, posibiliten con celeridad la creación de una escuela infantil en la localidad; y les sugiere que, entretanto no se implante el centro, valore algún mecanismo compensatorio o subvencional para las familias que se vean obligadas a desplazarse para recibir el servicio educativo.

2026 iraila 29

Hezkuntza eta Irakaskuntza

Gaia: El cierre de una escuela infantil privada en Olite/Erriberri y la falta de oferta de plazas públicas en la localidad.

1. La actuación de oficio referenciada fue incoada tras publicarse noticias acerca del cierre de una guardería en Olite/Erriberri.

Las familias afectadas denunciaban que se trataba del único centro de 0 a 3 años existente en la localidad (centro privado) y que se carecía de una escuela infantil pública alternativa.

Según se informaba, la guardería tenía previsto cerrar en agosto de 2026, por falta de viabilidad económica, lo que perjudicaba tanto a familias de menores ya matriculados como a nuevas familias que tenían intención de inscribir a sus hijos o hijas.

Se indicaba que el Ayuntamiento les había expresado que estaban haciendo todo lo posible por encontrar una solución. Las familias, se señalaba, estaban de acuerdo con que se implantara una escuela infantil pública, pero demandaban una solución inmediata, con vistas al siguiente curso (en referencia al curso 2026/2027).

Se recogía, asimismo, lo declarado por el Alcalde del Ayuntamiento de Olite/Erriberri, en cuanto a que, ya en 2024, se trasladó al Gobierno de Navarra el interés de la entidad local por contar con una escuela infantil de 0 a 3 años, remitiendo a tal fin un proyecto con cuatro ubicaciones posibles, lo que no habría tenido respuesta. Se señalaba que el Ayuntamiento no podía acometer la instalación sin subvenciones.

Y se indicaba que, con vistas al curso 2026/2027, resultaba imposible habilitar la escuela pública reclamada.

2. A la vista de lo publicado, esta institución vio pertinente solicitar información al al Departamento de Educación y al Ayuntamiento de Olite/Erriberri.

Se pedía que, sin perjuicio de las demás consideraciones que se vieran pertinentes sobre el objeto de la actuación, se informara acerca de:

“a) El proyecto remitido por el consistorio en 2024 y el estado de su tramitación.

b) El estudio sobre la viabilidad de distintas opciones para la creación de una escuela infantil pública en Olite/Erriberri.

c) Soluciones alternativas para el próximo curso 2026-2027 y subvenciones o ayudas económicas disponibles para las familias afectadas”.

3. Por parte del Ayuntamiento de Olite se remitió la siguiente documentación:

a) Un escrito de manifestación de interés de la entidad local en la promoción de una escuela infantil en la localidad, de 28 de febrero de 2024, dirigido al Departamento de Educación, acompañado de memoria explicativa y planos.

b) Un estudio de necesidades relativo a la citada escuela, de 6 de mayo de 2026.

4. El Departamento de Educación ha emitido el siguiente informe:

“En el artículo 21 del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, se determina que “La creación de Escuelas Infantiles se realizará mediante la suscripción de convenios entre el Departamento de Educación y las Administraciones públicas interesadas, correspondiendo a estas últimas la titularidad de los centros creados”.

Desde el curso 2021-2022 la Comunidad Foral de Navarra participa en el Programa de Impulso de Escolarización en el Primer Ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Componente 21 “Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años”, Inversión 01, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), para la consecución del objetivo CID 309.

El objetivo fundamental de este Programa es extender el derecho de los niños y niñas y sus familias a disponer de una plaza accesible, asequible, inclusiva y de alta calidad en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de primer ciclo de educación infantil de titularidad pública (prioritariamente de 1 y 2 años), plazas cuya creación se debe ajustar a los requisitos mínimos para el primer ciclo de Educación Infantil.

Mediante Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del componente 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Asimismo, mediante la citada Resolución de 23 de diciembre de 2021, se establece la cantidad que corresponde a cada Comunidad Autónoma, siendo 11.971.158,00 euros la que se asigna a Navarra para implementar las actuaciones de este programa durante el periodo 2021-2024, creando 1.173 nuevas plazas de primer ciclo de educación infantil de titularidad pública.

Con el fin de estimar el número de nuevas plazas a crear por parte de las entidades locales, así como para valorar la cuantía de la subvención a asignar por cada plaza creada, se realizó un sondeo en el mes de mayo de 2022 proponiendo las “Manifestaciones de interés” para los ayuntamientos interesados en ello. El Ayuntamiento de Olite, carente de escuela infantil pública, no manifestó interés alguno en la creación de una escuela infantil de su titularidad.

Mediante la Resolución 257E/2022, de 26 de octubre, de la Directora General de Recursos Educativos, se aprobó una convocatoria de subvenciones en régimen de evaluación individualizada, por importe de 5.964.546,00 euros, a las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra para la realización de obras encaminadas a la creación de nuevas plazas de primer ciclo de educación infantil en escuelas infantiles públicas durante el periodo 2023-2024.

El Ayuntamiento de Olite no ha participado en la referida convocatoria de subvenciones para la creación de una escuela infantil de su titularidad.

Por Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de octubre de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de reparto del reintegro de 2024 de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años, en el marco del componente 21 «Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la Educación Temprana de 0-3 años» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), en el ejercicio presupuestario 2024.

Con esta propuesta se asignan 2.777.500,00 euros a Navarra para la creación de 250 nuevas plazas dentro del programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años.

Por ello, el Departamento de Educación determina un nuevo plazo para que los ayuntamientos interesados en crear escuelas infantiles o en ampliar los centros ya existentes puedan Manifestar su interés. En esta ocasión el Ayuntamiento de Olite presenta su “Manifestación de interés” con la información solicitada, incluyendo el proyecto de construcción de la nueva escuela pública.

Con el fin de continuar con las actuaciones de creación de plazas de primer ciclo de educación infantil de titularidad pública, se aprueba la Resolución 223E/2024, de 30 de octubre, de la Directora General de Personal e Infraestructuras, por la que se aprueba una convocatoria de subvenciones en régimen de evaluación individualizada, por importe de 1.740.000,00 euros, a las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra para la realización de obras encaminadas a la creación de nuevas plazas de primer ciclo de educación infantil en escuelas infantiles públicas durante el periodo 2024-2025.

A pesar de haber sido asesorado por el Departamento de Educación sobre la puesta en marcha del proceso de creación de la escuela infantil, el Ayuntamiento de Olite tampoco participa en la nueva convocatoria de subvenciones para la creación de una escuela infantil de su titularidad.

Con fecha 27 de marzo se ha celebrado una reunión entre el Departamento de Educación y el Ayuntamiento de Olite a petición de este por el problema originado como consecuencia del cierre de la guardería privada de la localidad. En esta reunión se informa sobre posibles alternativas tales como ayudas a familias por parte del ayuntamiento, convenios con otros ayuntamientos titulares de escuelas infantiles o posibilidades de creación de una escuela infantil de titularidad municipal, alternativas cuya decisión compete exclusivamente al Ayuntamiento de Olite”.

5. Como ha quedado reflejado, la actuación que nos ocupa trae causa de la decisión de cierre de una guardería de Olite/Erriberri (centro privado) y se refiere a la falta de oferta de plazas públicas en la localidad, mediante una escuela infantil de 0 a 3 años.

6. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 3, se refiere a la educación infantil como una de las enseñanzas que ofrece el sistema educativo.

El artículo 12.1 dispone que la educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Y el artículo 14.1 establece que se ordena en dos ciclos, comprendiendo el primero hasta los tres años.

El artículo 15.1 -que tiene una vinculación más específica con la problemática que suscita la actuación-, dispone:

“Las Administraciones públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo con el fin de atender todas las solicitudes de escolarización de la población infantil de cero a tres años. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. Todos los centros habrán de estar autorizados por la Administración educativa correspondiente y supervisados por ella”.

De dicho precepto se concluye que:

a) Lo previsto a nivel legal es que se incrementen progresivamente las plazas públicas del primer ciclo de educación infantil (0 a 3 años), procurando la suficiencia de las mismas para atender la demanda de escolarización, y ordenando a tal fin actuaciones de “las Administraciones públicas”.

b) Late en dicho precepto un principio de cooperación interadministrativa -y de ahí la referencia a los convenios con las corporaciones locales y otras Administraciones-.

En esta misma línea, aunque en un plano más general, el artículo 1, letra p), de la citada ley orgánica sienta, como uno de los principios del sistema educativo, el de  “cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa”.

c) Con criterios legales, serían opciones válidas tanto la creación de plazas por las corporaciones locales, como por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Similar conclusión respecto a esto último se extrae del examen de la Ley Orgánica de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pues su artículo 27.3, letra e), contempla la “creación, mantenimiento y gestión de las escuelas infantiles de educación de titularidad pública de primer ciclo de educación infantil” como una competencia que puede ser delegada en las entidades locales (por las Administraciones de las Comunidades y por la Administración General del Estado, se señala en el precepto).

7. Establecido el marco anterior, y vista la problemática suscitada en Olite/Erriberri ante la carencia del servicio público (se colige que agudizada por la decisión de cierre del centro privado), esta institución ve preciso recomendar a las Administraciones implicadas que, mediante la colaboración pertinente, posibiliten con razonable celeridad la creación de una escuela infantil en la localidad.

Se ha de considerar que se está ante un servicio que conecta de forma notoria con el principio de equidad e igualdad de oportunidades, vertebrador del sistema educativo, y con la corrección de posibles desequilibrios por razones territoriales; y, asimismo, que, en el contexto propio de Navarra, el municipio de Olite/Erriberri tiene una entidad significativa, por lo que no parece adecuado que carezca de una escuela infantil.

Entretanto no se implante el centro en la localidad, sugerimos al Ayuntamiento de Olite/Erriberri que valore algún mecanismo compensatorio o subvencional para las familias que se vean obligadas a desplazarse para recibir el servicio educativo, bien de forma directa bien mediante acuerdos con otros municipios de la zona que sí tengan centros escolares de 0 a 3 años.

 8. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

a) Recomendar al Ayuntamiento de Olite/Erriberri y al Departamento de Educación que, mediante la colaboración pertinente, posibiliten con celeridad la creación de una escuela infantil en la localidad.

b) Sugerir al Ayuntamiento de Olite/Erriberri que, entretanto no se implante el centro, valore algún mecanismo compensatorio o subvencional para las familias que se vean obligadas a desplazarse para recibir el servicio educativo.  

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Olite/Erriberri y el Departamento de Educación informen, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2026 que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

 

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