Bilaketa aurreratua

Ebazpenak

Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q24/1197) por la que sugiere al Ayuntamiento de Ansoáin/Antsoain que, en relación con la problemática que plantea el uso de las aceras por quienes circulan en bicicletas y patinetes eléctricos, continúe y, si es preciso, refuerce las tareas de vigilancia, control y si, es preciso, sanción, así como las medidas educativas y de concienciación social, con vistas a procurar el cumplimiento de la normativa en el mayor grado posible.

2025 otsaila 11

Trafikoa eta bide-segurtasuna

Gaia: Las situaciones de peligrosidad que generan al uso de patinetes eléctricos por las aceras.

Alcaldesa de Ansoáin / Antsoain

Señora Alcaldesa:

1. El 4 de noviembre de 2024 esta institución recibió un escrito presentado por la señora doña (…), mediante el que formulaba una queja por el incumplimiento de la normativa de seguridad vial en lo que respecta a patinetes eléctricos.

El motivo de la queja era el siguiente:

“La gran cantidad de patinetes eléctricos que van por las aceras esquivando peatones, a veces sin luz y a unas velocidades que pueden llegar a ocasiones graves accidentes; especialmente a personas con movilidad reducida: personas mayores, discapacitados, etc.

Solicito se regule, vigile y multe cuando el patinete eléctrico va por una acera sin control de velocidad, sin respetar la distancia de seguridad del peatón (más vulnerable al no llevar casco).

Además, sería adecuado que cada patinete eléctrico tuviera su matrícula y su seguro obligatorio. Esto prevendría muchos accidentes a los peatones en las calles”.

2. Seguidamente, esta institución solicitó al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña que informara sobre la queja.

En el informe municipal emitido se expone lo siguiente:

“Se ha recibido en el Ayuntamiento de Ansoain el escrito con número de expediente Q24/1197 de fecha 8 de noviembre de 2024 relativo a una queja expuesta por Doña (…)

La queja presentada por Doña (…) es relativa a la circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en la localidad de Ansoain y relata que dichos vehículos circulan a gran velocidad por las aceras y sin dejar espacio suficiente con el resto de usuarios de las vías.

El informante desea comunicar que se han realizado modificaciones en la Ordenanza de Movilidad y Tráfico de Ansoain para adecuarnos a las nuevas normas e instrucciones de la DGT en cuanto a la circulación de las bicicletas y VMP siendo en algunos aspectos, más restrictivos que la propia DGT.

El Gobierno de Navarra está trabajando para unificar las Ordenanzas de Tráfico de las localidades de la Cuenca de Pamplona haciendo hincapié en la movilidad con los VMP.

Hemos realizado a lo largo del año 2023 controles informativos en puntos clave de la circulación para explicar a los usuarios, en su mayoría adolescentes y menores de edad, las nuevas normativas y sus obligaciones y derechos como conductores de ese tipo de vehículos. los puntos han sido elegidos por su gran afluencia, a determinadas horas, de bicicletas y VMP.

En la Policía Municipal de Ansoain se está apostando por la educación de las personas, sobre todos de los menores de edad, dando cursos de seguridad vial en el colegio Ezkaba de la localidad y actualmente se está tratando con la dirección del centro para impartir más acciones formativas de diversos temas, entre ellos, una charla específica sobre los VMP y circulación en bicicleta.

La apuesta por la educación convive con la acción sancionadora que se realiza continuamente para la seguridad vial y peatonal de las personas que se encuentran en Ansoain.

Ansoain ha implantado el límite máximo de velocidad en sus carreteras a 30 KM/H, lo que las convierte en calles ciclables por las que deben circular las bicicletas y los VMP.

También se está trabajando en realizar una campaña que abarque a todas las localidades de la Comarca de Pamplona ya que el problema de circulación con los VMP, aparte de ser tema educacional, es un problema global que se da en todas y cada una de las localidades de España.

En cuanto a la cuestión de la matrícula y seguro obligatorios para los VMP, es la Dirección General de Tráfico la competente para regular dichos aspectos y es sabido que están trabajando en esa línea, pero son cuestiones que tardan tiempo en implementarse y hacerse obligatorias.

Desde la policía municipal de Ansoain trabajamos y seguiremos trabajando por la seguridad vial de todas las personas”.

3. Como ha quedado reflejado, la queja se refiere al uso de patinetes eléctricos por las aceras y a las situaciones de peligrosidad para los peatones que ello genera.

4. Con ocasión de una queja precedente análoga (Q23/8), en la que se aludía tanto al uso de patinetes como de bicicletas por las aceras, esta institución vino a manifestar:

“La cuestión suscitada (convivencia entre peatones, usuarios de bicicletas y, más recientemente, de patinetes eléctricos, y problemática generada por el uso de aceras) viene siendo objeto de preocupación durante los últimos años para distintos ciudadanos. La aprobación de diversas normas al respecto, en materias de circulación, movilidad urbana o análogas, responde a dicha preocupación.

Esta institución considera que las Administraciones públicas y, en especial, las entidades locales deben ser sensibles a esta realidad, que se presenta como una de las problemáticas modernas en los entornos urbanos, con vistas a procurar conciliar del mejor modo posible los derechos de unos y otros ciudadanos.

En esta línea, consideramos razonables y proporcionadas las peticiones que formula el autor de la queja, demandando tanto medidas educativas o de concienciación social, como un mayor control del cumplimiento de la normativa vigente.

Por ello, se formula una sugerencia en tal sentido”.

En el caso que nos ocupa, aun valorando las medidas a las que alude el ayuntamiento, vemos pertinente insistir en el sentido de la sugerencia, apreciando que la problemática subyacente persiste.

5. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

Sugerir al Ayuntamiento de Ansoáin/Antsoain que, en relación con la problemática que plantea el uso de las aceras por quienes circulan en bicicletas y patinetes eléctricos, continúe y, si es preciso, refuerce las tareas de vigilancia, control y si, es preciso, sanción, así como las medidas educativas y de concienciación social, con vistas a procurar el cumplimiento de la normativa en el mayor grado posible.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Ansoáin/Antsoain informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2025 que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

Partekatu edukia